viernes, 12 de marzo de 2010

PROGRAMA DEL PARTIDO LIBERAL MEXICANO



Reformas Constitucionales

1. Reducción del periodo presidencial a cuatro años.
2. Supresión de la reelección para el Presidente y los Gober­nadores de los Estados. Estos funcionarios sólo podrán ser nue­vamente electos hasta después de dos periodos del que desem­peñaron.
3. Inhabilitación del Vice Presidente para desempeñar fun­ciones legislativas o cualquier otro cargo de elección popular, y autorización al mismo para llenar un cargo conferido por el Ejecutivo.
4. Supresión del servicio militar obligatorio y establecimiento de la Guardia Nacional. Los que presten sus servicios en el Ejército permanente lo harán libre y voluntariamente. Se revisa­rá la ordenanza militar para suprimir de ella lo que se consi­dere opresivo y humillante para la dignidad del hombre, y se mejorarán los haberes de los que sirvan en la Milicia Nacional.
5. Reformar y reglamentar los artículos 6º y 7o Constitucio­nales suprimiendo las restricciones que la vida privada y la paz pública imponen a las libertades de palabra y de prensa, y declarando que sólo se castigarán en este sentido la falta de verdad que entrañe dolo, el chantaje, y las violaciones de la ley en lo relativo a la moral.
6. Abolición de la pena de muerte, excepto para los traidores a la Patria.
7. Agravar la responsabilidad de los funcionarios públicos, imponiendo severas penas de prisión para los delincuentes.
8. Restituir a Yucatán el territorio de Quintana Roo.
9. Supresión de los tribunales militares en tiempo de paz.

Mejoramiento y fomento de la Instrucción

10. Multiplicación de escuelas primarias, en tal escala que queden ventajosamente suplidos los establecimientos de ins­trucción que se clausuren por pertenecer al Clero.
11. Obligación de impartir enseñanza netamente laica en to­das las escuelas de la República, sean del Gobierno a particula­res, declarándose la responsabilidad de los directores que no se ajusten a este precepto.
12. Declarar obligatoria la instrucción hasta la edad de catorce años, quedando al Gobierno el deber de impartir protección en la forma que le sea posible a los niños pobres que por su miseria pudieran perder los beneficios de la enseñanza.
13. Pagar buenos sueldos a los maestros de instrucción pri­maria.
14. Hacer obligatoria para todas las escuelas de la República la enseñanza de los rudimentos de artes y oficios y la instruc­ción militar, y prestar preferente atención a la instrucción cívica que tan poco atendida es ahora.

Extranjeros

15. Prescribir que los extranjeros, por el solo hecho de ad­quirir bienes raíces, pierden su nacionalidad primitiva y se hacen ciudadanos mexicanos.
16. Prohibir la inmigración china.

Restricciones a los abusos del Clero Católico

17. Los templos se consideran como negocios mercantiles, que­dando por tanto, obligados a llevar contabilidad y pagar las contribuciones correspondientes.
18. Nacionalización, conforme a las Leyes, de los bienes raí­ces que el Clero tiene en poder de testaferros.
19. Agravar las penas que las Leyes de Reforma señalan para los infractores de las mismas.
20. Supresión de las escuelas regenteadas por el Clero.
Capital y Trabajo

21. Establecer un máximum de ocho horas de trabajo y un salario mínimo en la proporción siguiente: $ 1.00 para la gene­ralidad del país, en que el promedio de los salarios es inferior al citado, y de más de un peso para aquellas regiones en que la vida es más cara y en las que este salario no bastaría para salvar de la miseria al trabajador.
22. Reglamentación del servicio doméstico y del trabajo a domicilio.
23. Adoptar medidas para que con el trabajo a destajo los pa­tronos no burlen la aplicación del tiempo máximo de salario mí­nimo.
24. Prohibir en lo absoluto el empleo de niños menores de catorce años.
25. Obligar a los dueños de minas, fábricas, talleres, etc., a mantener las mejores condiciones de higiene en sus propiedades y a guardar los lugares de peligro en un estado que preste seguridad a la vida de los operarios.
26. Obligar a los patrones o propietarios rurales a dar alo­jamiento higiénico a los trabajadores, cuando la naturaleza del trabajo de éstos exija que reciban albergue de dichos patrones o propietarios.
27. Obligar a los patrones a pagar indemnización por acci­dentes del trabajo.
28. Declarar nulas las deudas actuales de los jornaleros de campo para con los amos.
29. Adoptar medidas para que los dueños de tierras no abu­sen de los medieros.
30. Obligar a los arrendadores de campos y casas, que indemnicen a los arrendatarios de sus propiedades por las mejoras necesarias que dejen en ellas.
31. Prohibir a los patronos, bajo severas penas, que paguen al trabajador de cualquier otro modo que no sea con dinero efectivo; prohibir y castigar que se impongan multas a los trabajadores o se les hagan descuentos de su jornal o se retarde el pago de la raya por más de una semana o se niegue al que se separe del trabajo el pago inmediato de lo que tiene ganado; suprimir las tiendas de raya.
32. Obligar a todas las empresas o negociaciones a no ocupar entre sus empleados y trabajadores sino una minoría de extran­jeros. No permitir en ningún caso que trabajos de la misma clase se paguen peor al mexicano que al extranjero en el mismo establecimiento, o que a los mexicanos se les pague en otra forma que a los extranjeros.
33. Hacer obligatorio el descanso dominical.

Tierras

34. Los dueños de tierras están obligados a hacer productivas todas las que posean; cualquier extensión de terreno que el poseedor deje improductiva la recobrará el Estado y la emplea­rá conforme a los artículos siguientes.
35. A los mexicanos residentes en el extranjero que lo soli­citen los repatriará el Gobierno pagándoles los gastos de viaje y les proporcionará tierra para su cultivo.
36. El Estado dará tierras a quienquiera que lo solicite, sin más condición que dedicarlas a la producción agrícola y no venderlas. Se fijará la extensión máxima de terreno que el Es­tado pueda ceder a una persona.
37. Para que este beneficio no sólo aproveche a los pocos que tengan elementos para el cultivo de las tierras, sino tam­bién a los pobres que carezcan de estos elementos, el Estado creará o fomentará un Banco Agrícola que hará, a los agricul­tores pobres, préstamos con poco rédito y redimibles a plazos.

Impuestos

38. Abolición del impuesto sobre capital moral y del de ca­pitación, quedando encomendado al Gobierno el estudio de los mejores medios para disminuir el impuesto del Timbre hasta que sea posible su completa abolición.
39. Suprimir toda contribución para capital menor de $100.00, exceptuándose de este privilegio los templos y otros negocios que se consideren nocivos y que no deben tener derecho a las garantías de las empresas útiles.
40. Gravar el agio, los artículos de lujo, los vicios y aligerar de contribuciones los artículos de primera necesidad. No permi­tir que los ricos ajusten igualas con el Gobierno para pagar menos contribuciones que las que les impone la ley.

Puntos generales

41. Hacer práctico el juicio de amparo, simplificando los procedimientos.
42. Restitución de la Zona Libre.
43. Establecer la igualdad civil para todos los hijos de un mismo padre, suprimiendo las diferencias que hoy establece la Ley entre legítimos e ilegítimos.
44. Establecer, cuando sea posible, colonias penitenciarias de regeneración, en lugar de las cárceles y penitenciarías en que hoy sufren el castigo los delincuentes.
45. Supresión de los jefes políticos.
46. Reorganización de los municipios que han sido suprimi­dos y robustecimiento del poder municipal.
47. Medidas para suprimir o restringir el agio, el pauperismo y la carestía de los artículos de primera necesidad.
48. Protección a la raza indígena.
49. Establecer lazos de unión con los países latinoamericanos.
50. Al triunfar el Partido Liberal, se confiscarán los bienes de los funcionarios enriquecidos bajo la Dictadura actual, y lo que se produzca se aplicará al cumplimiento del Capítulo de Tie­rras (especialmente a restituir a los yaquis, mayas y otras tri­bus, comunidades o individuos, los terrenos de que fueron despo­jados) y al servicio de la amortización de la Deuda Nacional.
51. El primer Congreso Nacional que funcione después de la caída de la Dictadura anulará todas las reformas hechas a nues­tra Constitución por el Gobierno de Porfirio Díaz; reformará nuestra Carta Magna, en cuanto sea necesario para poner en vigor este Programa; creará las leyes que sean necesarias para el mismo objeto; reglamentará los artículos de la Constitución y de otras leyes que lo requieran, y estudiará todas aquellas cues­tiones que considere de interés para la Patria, ya sea que estén enunciadas o no en el presente Programa, y reforzará los pun­tos que aquí constan, especialmente en materia de Trabajo y Tierra.

Cláusula especial

52. Queda a cargo de la Junta Organizadora del Partido Li­beral dirigirse a la mayor brevedad a los gobiernos extranjeros, manifestándoles, en nombre del Partido, que el pueblo mexi­cano no quiere más deudas sobre la Patria y que, por tanto, no reconocerá ninguna deuda que bajo cualquiera forma a protexto arroje la Dictadura sobre la Nación ya contratando empréstitos, o bien reconociendo tardíamente obligaciones pasadas sin nin­gún valor legal.

Reforma, Libertad y Justicia.


St. Louis, Mo., julio 1º de 1906.

Presidente, Ricardo Flores Magón. Vicepresidente, Juan Sa­rabia. Secretario, Antonio I. Villarreal. Tesorero, Enrique Flores Magón. 1er. Vocal, Prof. Librado Rivera. 2o Vocal, Manuel Sara­bia. 3er. Vocal, Rosalío Bustamante.

Plan de San Luis



1º. Se declaran nulas las elecciones para Presidente y Vice­presidente de la República, Magistrados a la Suprema Corte de la Nación y Diputados y Senadores, celebradas en junio y julio del corriente año.

2º. Se desconoce al actual Gobierno del general Díaz, así como a todas las autoridades cuyo poder debe dimanar del voto popular, porque además de no haber sido electas por el pueblo, han perdido los pocos títulos que podían tener de lega­lidad, cometiendo y apoyando, con los elementos que el pueblo puso a su disposición para la defensa de sus intereses, el fraude electoral más escandaloso que registra la historia de México.

3º. Para evitar hasta donde sea posible los trastornos inherentes a todo movimiento revolucionario, se declaran vigentes, a reserva de reformar oportunamente por los medios constitucionales aquellas que requieran reformas, todas las leyes promulgadas por la actual administración y sus reglamentos respectivos, a excepción de aquellas que manifiestamente se hallen en pugna con los principios proclamados en este Plan. Igualmente se exceptúan las leyes, fallos de tribunales y decretos que hayan sancionado las cuentas y manejos de fondos de todos los fun­cionarios de la administración porfirista en todos los ramos; pues tan pronto como la revolución triunfe, se iniciará la for­mación de comisiones de investigación para dictaminar acerca de las responsabilidades en que hayan podido incurrir los fun­cionarios de la Federación, de los Estados y de los Municipios.

En todo caso serán respetados los compromisos contraídos por la administración porfirista con gobiernos y corporaciones extranjeras antes del 20 del entrante.

Abusando de la ley de terrenos baldíos, numerosos pequeños propietarios, en su mayoría indígenas, han sido despojados de sus terrenos, por acuerdo de la Secretaría de Fomento, o por fallos de los tribunales de la República. Siendo de toda justicia restituir a sus antiguos poseedores los terrenos de que se les despojó de un modo tan arbitrario, se declaran sujetas a revi­sión tales disposiciones y fallos y se les exigirá a los que los adquirieron de un modo tan inmoral, o a sus herederos, que los restituyan a sus primitivos propietarios, a quienes pagarán también una indemnización por los perjuicios sufridos. Sólo en caso de que esos terrenos hayan pasado a tercera persona antes de la promulgación de este Plan, los antiguos propietarios recibirán indemnización de aquellos en cuyo beneficio se ve­rificó el despojo.

4º. Además de la constitución y leyes vigentes, se declara Ley Suprema de la República el principio de NO REELECCIÓN del Presidente y Vicepresidente de la República, de los Goberna­dores de los Estados y de los Presidentes Municipales, mientras se hagan las reformas constitucionales respectivas.

5º. Asumo el carácter de Presidente Provisional de los Estados Unidos Mexicanos con las facultades necesarias para hacer la guerra al Gobierno usurpador del general Díaz.

Tan pronto como la capital de la República y más de la mitad de los Estados de la Federación estén en poder de las fuerzas del Pueblo, el Presidente Provisional convocará a elec­ciones generales extraordinarias para un mes después y entre­gará el poder al Presidente que resulte electo, tan luego como sea conocido el resultado de la elección.

6º. El Presidente Provisional, antes de entregar el poder, dará cuenta al Congreso de la Unión del uso que haya hecho de las facultades que le confiere el presente Plan.


7º. El día 20 de noviembre, desde las seis de la tarde en adelante, todos los ciudadanos de la República tomarán las armas para arrojar del poder a las autoridades que actualmente gobiernan. Los pueblos que estén retirados de las vías de comu­nicación lo harán desde la víspera.

8º. Cuando las autoridades presenten resistencia armada, se les obligará por la fuerza de las armas a respetar la voluntad popular, pero en este caso las leyes de la guerra serán riguro­samente observadas, llamándose especialmente la atención sobre las prohibiciones relativas a no usar balas explosivas ni fusilar a los prisioneros. También se llama la atención respecto al deber de todo mexicano de respetar a los extranjeros en sus personas e intereses.

9º. Las autoridades que opongan resistencia a la realización de este Plan serán reducidas a prisión para que se les juzgue por los tribunales de la República cuando la revolución haya terminado. Tan pronto como cada ciudad o pueblo recobre su libertad, se reconocerá como autoridad legítima provisional al principal jefe de las armas, con facultad de delegar sus .fun­ciones en algún otro ciudadano caracterizado, quien será con­firmado en su cargo o removido por el Gobierno Provisional.

Una de las principales medidas del Gobierno Provisional será poner en libertad a todos los presos políticos.

10º. El nombramiento de Gobernador Provisional de cada Es­tado que haya sido ocupado por las fuerzas de la revolución será hecho por el Presidente Provisional. Este Gobernador ten­drá la estricta obligación de convocar a elecciones para Gober­nador Constitucional del Estado, tan pronto como sea posible, a juicio del Presidente Provisional. Se exceptúan de esta regla los Estados que de dos años a esta parte han sostenido cam­pañas democráticas para cambiar de gobierno, pues en éstos se considerará como Gobernador provisional al que fue can­didato del pueblo siempre que se adhiera activamente a este Plan.

En caso de que el Presidente Provisional no haya hecho el nombramiento de Gobernador, que este nombramiento no haya llegado a su destino o bien que el agraciado no aceptara por cualquiera circunstancia, entonces el Gobernador será designado por votación de todos los Jefes de las armas que operen en el territorio del Estado respectivo, a reserva de que su nombra­miento sea ratificado por el Presidente Provisional tan pronto como sea posible.

11º. Las nuevas autoridades dispondrán de todos los fondos que se encuentren en todas las oficinas públicas para los gastos ordinarios de la administración; para los gastos de la guerra, contratarán empréstitos voluntarios o forzosos. Estos últimos sólo con ciudadanos o instituciones nacionales. De estos em­préstitos se llevará una cuenta escrupulosa y se otorgarán recibos en debida forma a los interesados a fin de que al triunfar la revolución se les restituya lo prestado.

TRANSITORIOS.

A) Los jefes de las fuerzas voluntarias tomarán el grado que corresponda al número de fuerzas a su mando. En caso de operar fuerzas voluntarias y militares unidas, ten­drá el mando de ellas el mayor de graduación, pero en caso de que ambos jefes tengan el mismo grado, el mando será del jefe militar.

Los jefes civiles disfrutarán de dicho grado mientras dure la guerra, y una vez terminada, esos nombramientos, a solicitud de los interesados, se revisarán por la Secretaría de Guerra, que los ratificará en su grado o los rechazará, según sus méritos.

B) Todos los jefes, tanto civiles como militares, harán guardar a sus tropas la más estricta disciplina, pues ellos serán respon­sables ante el Gobierno Provisional de los desmanes que co­metan las fuerzas a su mando, salvo que justifiquen no haberles sido posible contener a sus soldados y haber impuesto a los culpables el castigo merecido.

Las penas más severas serán aplicadas a los soldados que saqueen alguna población o que maten a prisioneros indefensos.

C) Si las fuerzas y autoridades que sostienen al general Díaz fusilan a los prisioneros de guerra, no por eso y como represa­lias se hará lo mismo con los de ellos que caigan en poder nuestro; pero en cambio serán fusilados, dentro de las veinti­cuatro horas y después de un juicio sumario, las autoridades civiles y militares al servicio del general Díaz que una vez es­tallada la revolución hayan ordenado, dispuesto en cualquier forma, trasmitido la orden o fusilado a alguno de nuestros sol­dados.

De esa pena no se eximirán ni los más altos funcionarios, la única excepción será el general Díaz y sus ministros, a quienes en caso de ordenar dichos fusilamientos o permitirlos, se les aplicará la misma pena, pero después de haberlos juzgado por los tribunales de la República, cuando ya haya terminado la Revolución.

En caso de que el general Díaz disponga que sean respetadas las leyes de guerra, y que se trate con humanidad a los prisio­neros que caigan en sus manos, tendrá la vida salva; pero de todos modos deberá responder ante los tribunales de cómo ha manejado los caudales de la Nación y de cómo ha cumplido con la ley.

D) Como es requisito indispensable en las leyes de la guerra que las tropas beligerantes lleven algún uniforme o distintivo y como sería difícil uniformar a las numerosas fuerzas del pueblo que van a tomar parte en la contienda, se adoptará como distintivo de todas las fuerzas libertadoras, ya sean volun­tarias o militares, un listón tricolor; en el tocado o en el brazo.

CONCIUDADANOS:

Si os convoco para que toméis las armas y derroquéis al Gobierno del general Díaz, no es solamente por el atentado que cometió durante las últimas elecciones sino para salvar a la Patria del porvenir sombrío que le espera continuando bajo su dictadura y bajo el gobierno de la nefanda oligarquía científica, que sin escrúpulo y a gran prisa están absorbiendo y dilapidando los recursos nacionales, y si permi­timos que continúe en el poder, en un plazo muy breve habrán completado su obra: habrá llevado al pueblo a la ignominia y lo habrá envilecido; le habrán chupado todas sus riquezas y dejado en la más absoluta miseria; habrán causado la bancarro­ta de nuestra Patria, que débil, empobrecida y maniatada se encontrará inerme para defender sus fronteras, su honor y sus instituciones.

Por lo que a mí respecta, tengo la conciencia tranquila y nadie podrá acusarme de promover la revolución por miras personales, pues está en la conciencia nacional que hice todo lo posible para llegar a un arreglo pacífico y estuve dispuesto hasta a renunciar mi candidatura siempre que el general Díaz hubiese permitido a la Nación designar aunque fuese al Vicepresidente de la República; pero, dominado por incomprensible orgullo y por inaudita soberbia, desoyó la voz de la Patria y prefirió precipitada en una revolución antes de ceder un ápice, antes de devolver al pueblo un átomo de sus derechos, antes de cumplir, aunque fuese en las postrimerías de su vida, parte de las promesas que hizo en la Noria y Tuxtepec.


Él mismo justificó la presente revolución cuando dijo: "Que ningún ciudadano se imponga y perpetúe en el ejercicio del poder y ésta será la última revolución."

Si en el ánimo del general Díaz hubiesen pesado más los intereses de la Patria que los sórdidos intereses de él y de sus consejeros, hubiera evitado esta revolución, haciendo algunas concesiones al pueblo; pero ya que no lo hizo... ¡tanto mejor!, el cambio será más rápido y más radical, pues el pueblo mexica­no, en vez de lamentarse como un cobarde, aceptará como un valiente el reto, y ya, que el general Díaz pretende apoyarse en la fuerza bruta para imponerle un yugo ignominioso, el pueblo recurrirá a esa misma fuerza para sacudirse ese yugo, para arrojar a ese hombre funesto del poder y para reconquistar su libertad.

San Luis Potosí, octubre 5 de 1910.
Francisco l. Madero

PLAN DE AYALA


Plan Libertador de los hijos del Estado de Morelos afiliados al Ejército Insurgente que defiende el cumplimiento del Plan de San Luis, con las reformas que ha creído conveniente aumentar en beneficio de la Patria Mexicana.

Los que suscribimos, constituidos en junta revolucionaria para sostener y llevar a cabo las promesas que hizo al país la revolución de 20 de noviembre de 1910 próximo pasado, declaramos solemnemente ante la faz del mundo civilizado que nos juzga y ante la nación a que pertenecemos y amamos, los propósitos que hemos formulado, para acabar con la tiranía que nos oprime y redimir a la patria de las dictaduras que se nos imponen, las cuales quedan determinadas en el siguiente plan:

1º. Teniendo en consideración que el pueblo mexicano acau­dillado por don Francisco l. Madero, fue a derramar su sangre para reconquistar libertades y reivindicar sus derechos concul­cados, y no para que un hombre se adueñara del poder, vio­lando los sagrados principios que juró defender bajo el lema "Sufragio Efectivo y No Reelección" ultrajando así la fe, la causa, la justicia y las libertades del pueblo; teniendo en considera­ción que ese hombre a que nos referimos es don Francisco l. Madero, el mismo que inició la precitada revolución, el que impuso por norma gubernativa su voluntad e influencia al Gobierno Provisional del ex presidente de la República licen­ciado Francisco L. de la Barra, causando con este hecho reitera­dos derramamientos de sangre y multiplicadas desgracias a la patria de una manera solapada y ridícula, no teniendo otras mi­ras que satisfacer sus ambiciones personales, sus desmedidos ins­tintos de tirano y su profundo desacato al cumplimiento de las leyes preexistentes emanadas del inmortal Código del 57 escrito con la sangre revolucionaria de Ayutla.

Teniendo en cuenta que el llamado Jefe de la Revolución libertadora de México, don Francisco I. Madero, por falta de entereza y debilidad suma, no llevó a feliz término la revolu­ción que gloriosamente inició con el apoyo de Dios y del pue­blo, puesto que dejó en pie la mayoría de los poderes guberna­tivos y elementos corrompidos de opresión del gobierno dicta­torial de Porfirio Díaz, que no son ni pueden ser en manera alguna la representación de la Soberanía Nacional, y que, por ser acérrimos adversarios nuestros y de los principios que hasta hoy defendemos, están provocando el malestar del país y abrien­do nuevas heridas al seno de la patria para darle a beber su propia sangre; teniendo también en cuenta que el supradicho señor Francisco I. Madero, actual presidente de la República, trata de eludirse del cumplimiento de las promesas que hizo a la nación en el Plan de San Luis Potosí, siendo las precitadas promesas a los convenios de Ciudad Juárez; ya nulificando, per­siguiendo, encarcelando o matando a los elementos revolucio­narios que le ayudaron a que ocupara el alto puesto de presi­dente de la República por medio de falsas promesas y numerosas intrigas a la nación.

Teniendo en consideración que el tantas veces repetido Fran­cisco I. Madero ha tratado de acallar con la fuerza bruta de las bayonetas y de ahogar en sangre a los pueblos que le piden, solicitan o exigen el cumplimiento de las promesas de la revo­lución llamándolos bandidos y rebeldes; condenándolos a la guerra de exterminio sin conceder ni otorgar ninguna de las garantías que prescriben la razón, la justicia y la ley; teniendo igualmente en consideración que el presidente de la República Francisco I. Madero, ha hecho del Sufragio Efectivo una san­grienta burla al pueblo, ya imponiendo contra la voluntad del mismo pueblo, en la vicepresidencia de la República, al licenciado José María Pino Suárez, o ya los Gobernadores de los Estados, designados por él, como el llamado general Ambrosio Figueroa, verdugo y tirano del pueblo de Morelos; ya entrando en contubernio escandaloso con el partido científico, hacenda­dos, feudales y caciques opresores, enemigos de la revolución proclamada por él, a fin de forjar nuevas cadenas y seguir el molde de una nueva dictadura más oprobiosa y más terrible que la de Porfirio Díaz; pues ha sido claro y patente que ha ultrajado la soberanía de los Estados, conculcando las leyes sin ningún respeto a vidas ni intereses, como ha sucedido en el Estado de Morelos y otros, conduciéndolos a la más horrorosa anarquía que registra la historia contemporánea.

Por estas consideraciones declaramos al susodicho Francisco I.Madero, inepto para realizar las promesas de la revolución de que fue autor, por haber traicionado los principios con los cuales burló la voluntad del pueblo y pudo escalar el poder: incapaz para gobernar por no tener ningún respeto a la ley y a la justicia de los pueblos, y traidor a la patria por estar a sangre y fuego humillando a los mexicanos que desean liber­tades, a fin de complacer a los científicos, hacendados y caci­ques que nos esclavizan y desde hoy comenzamos a continuar la revolución principiada por él, hasta conseguir el derroca­miento de los poderes dictatoriales que existen.

2º. Se desconoce como jefe de la revolución al señor Francisco I. Madero y como presidente de la República por las razones que antes se expresan, procurándose el derrocamiento de este funcionario.

3º. Se reconoce como Jefe de la Revolución Libertadora al ilustre C. general Pascual Orozco, segundo del Caudillo don Francisco I. Madero, y en caso de que no acepte este delicado puesto, se reconocerá como Jefe de la Revolución al C. General don Emiliano Zapata.

4º. La Junta Revolucionaria del Estado de Morelos manifiesta a la nación bajo formal protesta: que hace suyo el Plan de San Luis Potosí con las adiciones que a continuación se expresan en beneficio de los pueblos oprimidos y se hará defensora de los principios que defiende hasta vencer o morir.

5º. La Junta Revolucionaria del Estado de Morelos no admi­tirá transacciones ni componendas hasta no conseguir el derro­camiento de los elementos dictatoriales de Porfirio Díaz y de Francisco l. Madero, pues la nación está cansada de hombres falsos y traidores que hacen promesas como libertadores y que al llegar al poder se olvidan de ellas y se constituyen en tiranos.

6º. Como parte adicional del plan que invocamos, hacemos constar: que los terrenos, montes y aguas que hayan usurpado los hacendados, científicos o caciques a la sombra de la justicia venal, entrarán en posesión de esos bienes inmuebles desde lue­go, los pueblos o ciudadanos que tengan sus títulos, correspon­dientes a esas propiedades, de las cuales han sido despojados por la mala fe de nuestros opresores, manteniendo a todo trance con las armas en la mano la mencionada posesión, y los usur­padores que se consideren con derecho a ellos lo deducirán ante los tribunales especiales que se establezcan al triunfo de la re­volución.

7º. En virtud de que la inmensa mayoría de los pueblos y ciudadanos mexicanos no son más dueños que del terreno que pisan, sufriendo los horrores de la miseria sin poder mejorar en nada su condición social ni poder dedicarse a la industria o a la agricultura, por estar monopolizadas en unas cuantas manos las tierras, montes y aguas; por esta causa se expropiarán previa indemnización, de la tercera parte de esos monopolios a los po­derosos propietarios de ellos, a fin de que los pueblos y ciuda­danos de México, obtengan ejidos, colonias, fundos legales para pueblos o campos de sembradura o de labor y se mejore en todo y para todo la falta de prosperidad y bienestar de los me­xicanos.

8º. Los hacendados, científicos, o caciques que se opongan directa o indirectamente al presente plan, se nacionalizarán sus bienes y las dos terceras partes que a ellos les correspondan, se destinarán para indemnizaciones de guerra, pensiones de viu­das y huérfanos de las víctimas que sucumban en la lucha del presente plan.


9º. Para ejecutar los procedimientos respecto a los bienes an­tes mencionados, se aplicarán leyes de desamortización y nacio­nalización según convenga, pues de norma y ejemplo pueden servimos las puestas en vigor por el inmortal Juárez a los bie­nes eclesiásticos, que escarmentaron a los déspotas y conserva­dores que en todo tiempo han pretendido imponernos el yugo ignominioso de la opresión y el retroceso.

10º. Los jefes militares insurgentes de la República que se levantaron con las armas en la mano a la voz de don Francisco I. Madero, para defender el Plan de San Luis Potosí y que se opongan con fuerza armada al presente plan, se juzgarán trai­dores a la causa que defendieron y a la patria, puesto que en la actualidad muchos de ellos por complacer a los tiranos, por un puñado de monedas o por cohecho o soborno, están derra­mando la sangre de sus hermanos que reclaman el cumplimien­to de las promesas que hizo a la nación don Francisco L Ma­dero.

11º. Los gastos de guerra serán tomados conforme al artículo 11 del Plan de San Luis Potosí, y todos los procedimientos em­pleados en la revolución que emprendemos, serán conforme a las instrucciones mismas que determine el mencionado plan.

12º. Una vez triunfante la revolución que llevamos a la vía de la realidad, una Junta de los principales jefes revoluciona­rios de los diferentes Estados, nombrará o designará un presidente interino de la República, que convocará a elecciones pa­ra la organización de los poderes federales.

13º. Los principales jefes revolucionarios de cada Estado, en junta, designarán al gobernador del Estado a que correspondan, y este elevado funcionario convocará a elecciones para la de­bida organización de los poderes públicos, con el objeto de evi­tar consignas forzosas que labran la desdicha de los pueblos, como la tan conocida consigna de Ambrosio Figueroa en el Estado de Morelos y otros que nos condenan al precipicio de conflictos sangrientos sostenidos por el capricho del dictador Madero y el círculo de científicos y hacendados que lo han sugestionado.

14º. Si el presidente Madero y demás elementos dictatoriales del actuad y antiguo régimen, desean evitar las inmensas des­gracias que afligen a la patria y poseen verdaderos sentimientos de amor hacia ella, que hagan inmediata renuncia de los puestos que ocupan y con ello en algo restañarán las graves heridas que han abierto al seno de la patria, pues que, de no hacerlo así, sobre sus cabezas caerán la sangre y anatema de nuestros hermanos.

15º. Mexicanos: considerad que la astucia y mala fe de un hombre está derramando sangre de una manera escandalosa, por ser incapaz para gobernar; considerad que su sistema de gobierno está agarrotando a la patria y hollando con la fuerza bruta de las bayonetas nuestras instituciones: y así como nues­tras armas las levantamos para elevarlo al poder, las volvemos contra él por faltas a sus compromisos con el pueblo mexicano y haber traicionado la revolución iniciada por él, no so­mos personalistas, ¡somos partidarios de los principios y no de los hombres!

Pueblo mexicano, apoyad con las armas en la mano este plan y haréis la prosperidad y bienestar de la patria.

Libertad, Justicia y Ley.
Ayala, noviembre 25 de 1911.

PLAN DE GUADALUPE



MANIFIESTO A LA NACIÓN

Considerando que el general Victoriano Huerta, a quien el Presidente Constitucional don Francisco 1. Madero había confiado la defensa de las instituciones y legalidad de su Gobierno, al unirse a los enemigos rebelados en contra de ese mismo Gobierno, para restaurar la última dictadura, cometió el delito de traición para escalar el poder, aprehendiendo a los C. C. Presidente y Vicepresidente, así como a sus Ministros, exigiéndoles por medios violentos las renuncias de sus puestos, lo cual está comprobado por los mensajes que el mismo general Huerta dirigió a los Gobernadores de los Estados comunicándoles tener presos a los Supremos Magistrados de la Nación y su Gabinete. Considerando que los Poderes Legislativo y Judicial han reconocido y amparado en contra de las leyes y preceptos constitucionales al general Victoriano Huerta y sus ilegales y antipatrióticos procedimientos, y considerando, por último, que algunos Gobiernos de los Estados de la Unión han reconocido al Gobierno ilegítimo impuesto por la parte del Ejército que consumó la traición, mandado por el mismo general Huerta, a pesar de haber violado la soberanía de esos Estados, cuyos Gobernadores debieron ser los primeros en desconocerlo, los suscritos, Jefes y Oficiales con mando de fuerzas constitucionalistas, hemos acordado y sostendremos con las armas el siguiente:

PLAN

1º. Se desconoce al general Victoriano Huerta como Presidente de la República.
2º. Se desconocen también a los Poderes Legislativo y Judicial de la Federación.
3º. Se desconocen a los Gobiernos de los Estados que aún reconozcan a los Poderes Federales que forman la actual Administración, treinta días después de la publicación de este Plan.
4º. Para la organización del Ejército encargado de hacer cumplir nuestros propósitos, nombramos como Primer Jefe del Ejército que se denominará "Constitucionalista" al ciudadano Venustiano Carranza, Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila.
5º. Al ocupar el Ejército Constitucionalista la ciudad de México se encargará interinamente del Poder Ejecutivo el ciudadano Venustiano Carranza, o quien lo hubiera sustituido en el mando. 60. El Presidente interino de la República convocará a elecciones generales tan luego como se haya consolidado la paz, entregando el Poder al ciudadano que hubiere sido electo.
7º. El ciudadano que funja como Primer Jefe del Ejército Constitucionalista en los Estados cuyos Gobiernos hubieren reconocido al de Huerta asumirá el cargo de Gobernador Provisional y convocará a elecciones locales después que hayan tomado posesión de sus cargos los ciudadanos que hubiesen sido electos para desempeñar los altos Poderes de la Federación, como lo previene la base anterior.

Firmado en la Hacienda de Guadalupe, Coahuila, a los 26 días de marzo de 1913.

El discurso del senador Belisario Domínguez

Señores senadores:

He tenido el honor de pedir el uso de la palabra para fundar mi voto negativo a la licencia solicitada por el señor senador licenciado Vicente Sánchez Cavito.

Los miembros de la Comisión de Puntos Constitucionales, señores senadores Guillermo Obregón y A. Valdivieso, han dado en su concienzudo informe del 2 del presente, las razones legales por las cuales no es de concederse la licencia que solicita el señor senador Sánchez Gavito, y bien que esas razones pueden ser muy suficientes para afirmar el criterio de esta H. Asamblea, decidiéndola a negar la licencia que es solicitada, juzgo oportuno aducir otro orden de razones que llamaré de actualidad y que espero reforzarán en algún tanto los razonamientos de los señores miembros de la Comisión a que acabo de referirme.

Creo, señores, que siendo el señor licenciado Sánchez Cavito, uno de los miembros prominentes del senado, no debe abandonamos en las críticas circunstancias por las que atravesamos; sus profundos conocimientos de jurisprudencia, su vasta erudición en las ciencias políticas y sociales, nos son ahora más que nunca necesarias y tendríamos que carecer de ellos, por lo menos en parte, toda vez que un nuevo empleo restaría al señor licenciado Sánchez Cavito algo del tiempo que destina a sus labores del senado.
Es cierto, señores, que existen en el seno de esta augusta Asamblea otros maestros en las mismas ciencias, que guían con sus luces al que, como yo, con conocimientos muy restringidos, sólo puede aportar el contingente de su patriotismo y de su buena voluntad, pero, señores senadores, la situación del país es de tal modo apremiante, que se necesita la unión de todos nosotros para que podamos salir avantes, subsanando las desgracias que afligen actualmente a la Patria y evitando las mayores que la amenazan.

¿No véis, señores, cuán obscura se presenta actualmente la situación del país, y cuán tenebroso parece el porvenir?

Lo primero que se nota, al examinar nuestro estado de cosas, es la profunda debilidad del Gobierno, que, teniendo por Primer Magistrado a un antiguo soldado sin los conocimientos políticos y sociales indispensables para poder gobernar a la Nación, se alucina, creyendo aparecer fuerte, por medio de actos que reprueban la civilización, y la moral universal.
Y esta política del terror, señores senadores, la practica don Victoriano Huerta, en primer lugar, porque en su criterio estrecho de viejo soldado no cree que exista otra; y en segundo, porque en razón del modo como subió al poder y de los acontecimientos que han tenido lugar durante su Gobierno, el cerebro de don Victoriano Huerta está desequilibrado y su espíritu está desorientado.

Don Victoriano Huerta padece de una constante obsesión que dificultaría y aún imposibilitaría los trabajos intelectuales de alguna importancia hasta a un hombre de talento. El espectro de su protector y amigo, traicionado y asesinado, el espectro de Madero, a veces solo y a veces acompañado del de Pino Suárez, se presenta constantemente a la vista de don Victoriano Huerta, turba su sueño, le produce terribles pesadillas y le sobrecoge el horror a la hora de sus banquetes y convivialidades.

Cuando la obsesión es más fija, don Victoriano Huerta se exaspera, y para templar su cerebro, sus nervios desfallecientes, hace un llamamiento a sus instintos más crueles, más feroces, y entonces dice a los suyos: "maten, asesinen, que sólo matando a mis enemigos, se restablecerá la paz". Y dice a don Juvencio Robles: "Marche a Morelos, dé órdenes de concentración, mate e incendie despiadadamente y acaben justos y pecadores, que sólo así tendremos paz".

No creáis que exagero, señores senadores he aquí uno de tantos artículos por el estilo, que publica en su primera plana "El Imparcial", del sábado 27 del mes próximo pasado.
"PIDEN VOLVER A SU PUEBLO LOS DEL AJUSCO.- Por disposición del señor general Juvencio Robles, entonces jefe de la División del Sur, los vecinos del pueblo del Ajusco, se vieron precisados a abandonar sus propiedades, a fin de que la campaña emprendida contra los zapatistas fuese más efectiva.

"Con fecha 17 de agosto pasado, el pueblo del Ajusco quedó vacío, y los zapatistas que habían ido a refugiarse a ese lugar, se vieron obligados a huir, temerosos de perder las vidas entre las llamas, puesto que los federales lo incendiarían.

"En grandes caravanas, los vecinos de ese pueblo emigraron a la vecina población de Tlalpan, en tanto que otros se dirigían a esta capital, y a San Andrés Toltepec, y a San Pedro Mártir, dejando abandonados sus hogares y sus propiedades.

"Como los recursos que traían los habitantes del Ajusco, se les han agotado, y las cosechas de maíz y papa están próximas a perderse, han elevado un ocurso a la Secretaría de Gobernación, solicitando se les conceda volver a sus propiedades, mediante la identificación que harán de sus personas, para comprobar que son amigos del Gobierno... "

Para que podáis juzgar, señores senadores, toda la gravedad de este artículo de "El Imparcial", que quizá para muchos lectores pasó desapercibido, os ruego que por medio del pensamiento, os coloquéis un instante en el número de esos infelices habitantes del Ajusco.

Imagináos en vuestra casita, viviendo con el día y manteniendo con vuestro trabajo a vuestra esposa, a cinco o seis chiquillos, quizá uno de pecho, a vuestro padre anciano e impotente, a vuestra madre enferma.-Bruscamente la orden de concentración.-Lleno de terror el jefe de la casa, ordena a su vez que toda la familia se ponga en movimiento, y todos apresuradamente emprenden la marcha, llevando por único bagage unos cuantos centavos, unos cuantos trapos y... nada más.

¿A dónde ir? ¿Qué camino tomar? Para los que tienen la más ligera simpatía por Zapata, no hay vacilación: ¡se van con Zapata! ¿Pero los amigos del Gobierno? ¿Qué hacen? Vacilan, se confunden en fin, hay que resolverse; para morir de hambre, lo mismo se muere en una parte que en otra. Se toma pues, el primer camino que se presenta, y se camina, se camina a la aventura, con el corazón oprimido y el espíritu sobrecogido de terror hasta llegar a un poblado. Allí, ¿quién da posada, quién da trabajo a los habitantes del Ajusco? Todos desconfían de ellos, todos temen que esos extraños puedan ser partidarios de Zapata, puedan ser espías. En resumen, todas las puertas se cierran... Dejo el resto a vuestra profunda meditación, señores senadores; meditad profundamente en lo que sufrís con vuestra familia en pueblo extraño, sin dinero, sin ropa, sin hogar y sin pan... ¿Cuántos no pereceréis en esa terrible peregrinación? Y para los que sobreviváis i cuántos tormentos os esperan para cuando al fin el Gobierno de don Victoriano Huerta os permita volver a vuestro pueblo! ¿Cómo encontraréis vuestra casita? Vuestra cosecha de maíz que está próxima a perderse, estará, cuando lleguéis a vuestro pueblo, completamente perdida. ¿Qué daréis de comer a vuestros hijitos? ¡Hierbas, raíces, tierra!

Hecha esta digresión, continuemos, señores senadores. En su constante obsesión, don Victoriano Huerta desconfía de todos y teme que todos le traicionen. Hace varios días que su gabinete está incompleto y no ha sido capaz de completarlo.

¿No pensáis, señores senadores, que esa debilidad de carácter, que esa constante vacilación, demuestran un cerebro desequilibrado y son sumamente perjudiciales al país, en las actuales gravísimas circunstancias por que atraviesa?

Además del desequilibrio producido por su constante obsesión y cuyos síntomas fueron descritos magistralmente por Shakespeare, don Victoriano Huerta está afectado de otra forma de desequilibrio; es la descripta con sin igual maestría por Cervantes: don Victoriano Huerta cree que él es el único hombre capaz de gobernar a México y de remediar todos sus 'males; ve ejércitos imaginarios, ve un ejército de 94,000 hombres bajo sus órdenes. y fenómeno curioso, que sería risible si no fuera excesivamente alarmante, el pueblo, y aún algunos miembros de las cámaras, están desempeñando ingenuamente el papel de Sancho, contagiándose con la locura de! Quijote, y ven en don Victoriano Huerta un guerrero de más empuje que Alejandro el Grande; y ven en los soldaditos de once años de la Escuela Preparatoria, veteranos más aguerridos que los de Julio César, o que los de Napoleón primero.

Esto es gravísimo, señores senadores, porque debido a esa locura, don Victoriano Huerta está provocando un conflicto internacional con los Estados Unidos de América y ese conflicto puede llevarnos a la intervención.

La intervención, oíd bien lo que es, señores senadores: es la muerte de todos los mexicanos que tengan valor, que tengan dignidad, que tengan honor. i Cobarde y miserable el mexicano que no vaya a combatir contra los americanos el día que profanen nuestro suelo! Sí, iremos a combatir, pero no con la esperanza de obtener el triunfo, porque la lucha es muy desigual, sino solamente para salvar lo que deben tener en más valía que la existencia, los hombres y las naciones: el honor. Iremos a morir para que más tarde, cuando el extranjero desembarque en nuestras playas, diga, descubriéndose al pisar nuestro suelo: "¡De mil héroes la Patria aquí fue!"

Pero, señores, antes de llegar a ese extremo, los mexicanos deben evitarlo con dignidad y prudencia y no dar motivo con sus locuras a que los americanos puedan justificar ante el mundo, una invasión a nuestra Patria. ,

Ahora bien, si don Victoriano Huerta, desequilibrado, está poniendo en inminente peligro la Patria, ¿no os toca a vosotros que estáis cuerdos señores senadores, poner un remedio a la situación?

Ese remedio es el siguiente: concederme la honra de ir comisionado por esta augusta Asamblea, a pedir a don Victoriano Huerta que firme su renuncia de Presidente de la República. Creo que el éxito es muy posible; he aquí mi plan:

Me presentaré a don Victoriano Huerta con la solicitud firmada por todos los senadores aquí presentes, y además, con un ejemplar de este discurso, y otro del que tuve la honra de presentar al señor Presidente del Senado en la sesión del 23 de septiembre.

Al leer esos documentos, lo más probable es: que llegando a la mitad de la lectura, don Victoriano Huerta pierda la paciencia, sea acometido de un arrebato de ira, y me mate. En ese caso, pues, el triunfo es seguro, porque los papeles quedarán allí y después de haberme muerto, no podrá don Victoriano Huerta resistir la curiosidad, seguirá leyendo, y cuando acabe de leer, horrorizado de su crimen, se matará él también, y la Patria se salvará.

Puede suceder también que don Victoriano Huerta sea bastante dueño de sí mismo, que tenga bastante paciencia para oír la lectura hasta el fin, y que al concluir, se ría de mi simpleza de creer que un hombre de su temple, pueda ablandarse y convencerse con mis palabras, y entonces me matará o hará de mí lo que más le cuadre. En ese caso, la Representación Nacional, sabrá a su vez lo que debe hacer.

Por último, puede darse este caso, que sería de todos el mejor: que don Victoriano Huerta tenga un momento de lucidez, comprenda la situación tal como se presenta y que firme su renuncia. Entonces al recibirla le diré: señor general don Victoriano Huerta, este acto rehabilita a usted de todas sus faltas. En nombre de la Patria, en nombre de la humanidad, en nombre de Dios Omnipotente, ruego al pueblo mexicano que olvide los errores de usted, y de hoy en adelante sólo vea en usted al hijo pródigo, al hermano que vuelve arrepentido al seno del hogar, y al cual debemos todos los mexicanos devolver nuestro cariño y consideraciones.

Con este hecho, señores senadores, también el pueblo mexicano en su magnanimidad quedará rehabilitado, ante el Mundo, ante la Historia y ante Dios, de todas sus locuras; y la paz, el orden y la prosperidad volverán a reinar en la Patria mexicana.

Espero señores senadores que no diréis que dejaréis de ocuparos hoy mismo de este asunto, por no ser el que se está tratando. Si tal cosa me dijereis, yo os respondería, señores senadores, que en estos críticos momentos, la salvación de la Patria debe ser nuestra idea fija, nuestra constante preocupación, y cuando algún medio parezca aceptable para conseguirla, no debe perderse la ocasión, hay que ponerlo en práctica inmediatamente.

Os ruego, pues, señores senadores, que os declaréis en sesión permanente y que no os separéis de este recinto, antes de poner en mis manos el pliego que debo entregar a don Victoriano Huerta.

No dudo, señores senadores, que sabréis proceder con toda la virilidad y prontitud que el caso requiere, para no exponeros a que más tarde se diga de vosotros que liarais como mujeres la pérdida de vuestra honra y de vuestra nacionalidad que no supisteis defender como hombres.

Os he dicho, señores senadores, que además de una copia de este discurso, debo llevar otra del que presenté al señor Presidente del Senado el 23 de septiembre, y para que conozcáis todos vosotros este último, vaya tener el honor de darle lectura:

Señor Presidente del Senado. Por tratarse de un asunto urgentísimo para la salud de la Patria, me veo obligado a prescindir de las fórmulas acostumbradas y a suplicar a usted se sirva dar principio a esta sesión, tomando conocimiento de este pliego, y dándolo a conocer en seguida a los señores senadores. Insisto, señor Presidente, en que este asunto debe ser conocido por el Senado y urge que el Senado lo conozca antes que nadie...

Señores senadores:

Todos vosotros habéis leído con profundo interés el informe presentado por don Victoriano Huerta, ante el Congreso de la Unión el 16 del presente.

Indudablemente, señores senadores, que lo mismo que a mí, os ha llenado de indignación el cúmulo de falsedades que encierra ese documento. ¿A quién se pretende engañar, señores? ¿Al Congreso de la Unión? No, señores; todos sus miembros son hombres ilustrados, que se ocupan de política, que están al corriente de los sucesos del país y que no pueden ser engañados sobre el particular. ¿Se pretende engañar a la Nación mexicana, a esta noble Patria, que confiando en vuestra honradez y en vuestro valor, ha puesto en vuestras manos sus más caros intereses?

¿Qué debe hacer en este caso la Representación Nacional? Corresponder a la confianza con que la Patria la ha honrado, decirle la verdad y no dejarla caer en el abismo que se abre a sus pies.

La verdad es esta: durante el Gobierno de don Victoriano Huerta, no se ha hecho nada en bien de la pacificación del país, sino que la situación actual de la República, es infinitamente peor que antes: la Revolución se ha extendido en casi todos los Estados, muchas naciones, antes buenas amigas de México rehúsanse a reconocer su Gobierno por ilegal; nuestra moneda encuéntrase depreciada en el extranjero; nuestro crédito en agonía; la prensa entera de la República amordazada o cobardemente vendida al Gobierno y ocultando sistemáticamente la verdad; nuestros campos abandonados, muchos pueblos arrasados, y por último, el hambre y la miseria en todas sus formas amenazan extenderse rápidamente en toda la superficie de nuestra infortunada Patria. ¿A qué se debe tan triste situación?

Primero, y ante todo, a que el pueblo mexicano no puede resignarse a tener por Presidente de la República a don Victoriano Huerta, al soldado que se apoderó del poder por medio de la traición y cuyo primer acto, al subir a la Presidencia, fue asesinar cobardemente al Presidente y al Vicepresidente legalmente ungidos por el voto popular, habiendo sido el primero de éstos quien colmó de ascensos, honores y distinciones a don Victoriano Huerta, y habiendo sido él igualmente a quien don Victoriano Huerta juró públicamente lealtad y fidelidad inquebrantables.

Segundo, se debe esta triste situación a los medios que don Victoriano Huerta se ha propuesto emplear para conseguir la pacificación. Esos medios ya sabéis cuáles han sido: únicamente muerte y exterminio para todos los hombres, familias y pueblos que no simpaticen con su Gobierno.

La paz se hará, cueste lo que cueste, ha dicho don Victoriano Huerta. ¿Habéis profundizado, señores senadores, lo que significan esas palabras en el criterio egoísta y feroz de don Victoriano? Esas palabras significan que don Victoriano Huerta está dispuesto a derramar toda la sangre mexicana, a cubrir de cadáveres todo el territorio nacional; a convertir en una inmensa ruina toda la extensión de nuestra Patria, con tal de que él no abandone la Presidencia, ni derrame una sola gota de su propia sangre.

En su loco afán por conservar la Presidencia, don Victoriano Huerta está cometiendo otra infamia. Está provocando con el pueblo de los Estados U nidos de América un conflicto internacional en el que, si llegara a resolverse por las armas, irían estoicamente a dar y a encontrar la muerte, todos los mexicanos sobrevivientes a las matanzas de don Victoriano Huerta, todos, menos don Victoriano Huerta, ni don Aureliano Blanquet, porque esos desgraciados están manchados con el estigma de la traición, y el pueblo y el ejército los repudiaría, llegado el caso.

Esa es en resumen, la triste realidad. Para los espíritus débiles, parece que nuestra ruina es inevitable, porque don Victoriano Huerta se ha adueñado tanto del poder, que para asegurar el triunfo en la parodia de elecciones anunciada para el 26 de octubre próximo, no ha vacilado en violar la soberanía de la mayor parte de los Estados, quitando a los gobernadores constitucionales, e imponiendo gobernadores militares que se encargarán de burlar a los pueblos por medio de farsas ridículas y criminales.

Sin embargo, señores, un supremo esfuerzo puede salvarlo todo. Cumpla con su deber la Representación Nacional y la Patria está salvada, y volverá a florecer más grande, más unida y más hermosa que nunca.

La Representación Nacional debe deponer de la Presidencia de la República a don Victoriano Huerta, por ser contra quien protestan con mucha razón todos nuestros hermanos alzados en armas y de consiguiente, por ser él quien menos puede llevar a efecto la pacificación, supremo anhelo de todos los mexicanos.

Me diréis, señores, que la tentativa es peligrosa, porque don Victoriano Huerta es un soldado sanguinario y feroz, que asesina sin vacilación ni escrúpulo a todo aquel que le sirve de obstáculo. ¡No importa, señores! La Patria os exige que cumpláis vuestro deber, aún con el peligro y aún con la seguridad de perder la existencia. Si en vuestra ansiedad de volver a ver reinar la paz en la República os habéis equivocado, habéis creído las palabras falaces de un hombre que os ofreció pacificar a la Nación en dos meses y le habéis nombrado Presidente de la República, ¿hoy que veis claramente que este hombre es un impostor inepto y malvado, que lleva a la Patria con toda velocidad hacia la ruina, dejaréis, por temor a la muerte, que continúe en el poder?

Penetrad en vosotros mismos, señores, y resolved esta pregunta: ¿Qué se diría de la tripulación de un gran navío que en la más violenta tempestad, y en un mar proceloso, nombrara piloto a un carnicero que, sin ningún conocimiento náutico, navegara por primera vez y no tuviera más recomendación que la de haber traicionado y asesinado al capitán del barco?

Vuestro deber es imprescindible, señores, y la Patria espera que sabréis cumplirlo.

Cumplido ese primer deber, será fácil a, la Representación Nacional cumplir los otros que de él se derivan, solicitándose en seguida, de todos los jefes revolucionarios que cesen toda hostilidad y nombren sus delegados para que, de común acuerdo, elijan el Presidente que deba convocar a elecciones presidenciales y cuidar que éstas se efectúen con toda legalidad.

El mundo está pendiente de vosotros, señores miembros del Congreso Nacional Mexicano, y la Patria espera que la honraréis ante el mundo, evitándole la vergüenza de tener por primer mandatario a un traidor y asesino.

Dr. B. Domínguez.-Senador por el Estado de Chiapas.

Al final de este discurso, señores senadores, existe una nota que dice:

"Urge que el pueblo mexicano conozca este discurso, para que apoye a la Representación Nacional, y no pudiendo disponer de ninguna imprenta, recomiendo a todo el que lo lea, que saque cinco o más copias, insertando también esta nota, y las distribuya a sus amigos y conocidos de la capital y de los Estados. ¡Ojalá hubiera un impresor honrado y sin miedo!"

Aquí termina la nota, señores senadores, y me es muy grato manifestar a ustedes, que ya hubo quien imprimiera este discurso. ¿Queréis saber, señores, quién lo imprimió? Voy a decíroslo, para honra y gloria de la mujer mexicana: ¡Lo imprimió una señorita!

Dr. B. Domínguez.-Senador por el Estado de Chiapas.-México, octubre de 1913.


EL PACTO DE XOCHIMILCO

(Versión taquigráfica de la entrevista preliminar que celebraron los generales Villa y Zapata en Xochimilco, D.F., el 4 de diciembre de 1914, entre las 12~ y 2 de la tarde).

El general Villa en una de las cabeceras de una mesa de comedor. A su derecha, en el siguiente orden, los señores Paulino Martínez, dos señoras, una de ellas pariente del general Zapata, enseguida el niño Nicolás Zapata, hijo del general don Emiliano, después el señor Alfredo Serratos, le sigue el general Roque González Garza a cuya derecha está el general Amador Salazar y por último el capitán Alberto S. Piña. A la izquierda del general Villa el general Zapata, el general Eufemio de igual apellido, el general Palafox, secretario del general Emiliano Zapata, seguidamente el general Banderas, quien se levanta momentos después, siendo ocupado su lugar por el capitán Manuel Aiza.

Al principio hablan los generales Zapata y Villa respecto a una carta del segundo al primero, interviniendo el general Palafox para fijar la fecha de la carta. Después se generaliza la conversación en esta forma:

El Gral. Villa: Siempre estuve con la preocupación de que se fueran a quedar olvidados, pues yo tenía empeño en que entraran en esta Revolución. Como Carranza es un hombre tan, así, tan descarado, comprendí que venían haciendo el control de la República; y yo, nomás esperando.

El Gral. Zapata: Ya han dicho a usted todos los compañeros: siempre lo dije, les dije lo mismo, ese Carranza es un canalla.

F. V.: Son hombres que han dormido en almohada blandita. ¿Dónde van a ser amigos del pueblo que toda la vida se la ha pasado de puro sufrimiento?
E. Z.: Al contrario, han estado acostumbrados a ser el azote del pueblo.
F. V.: Con estos hombres no hubiéramos tenido progreso ni bienestar ni reparto de tierras, sino una tiranía en el país. Porque, usted sabe, cuando hay inteligencia, y se llega a una tiranía, y si es inteligente la tiranía, pues tiene que dominar. Pero la tiranía de estos hombres es una tiranía taruga y eso sería la muerte para el país. Carranza es una figura que yo sé de ’onde salió para convertir a la República en una anarquía.
Palafox: Lo que hicieron en la ciudad de México no tiene precedente; si hubieran entrado los bárbaros lo hubieran hecho mejor que ellos.
F. V.: Es una barbaridad.
E.Z.: En cada pueblo que pasan...
F.V.: Sí, hacen destrozo y medio. No había otro modo para que se desprestigiaran, para que se dieran a conocer. Tenían antes algo de prestigio, pero ahora ... Estos hombres no tienen sentimientos de Patria.
Palafox: De ningunos, de ninguna clase de sentimientos.
F. V.: Yo pensaba que con nosotros pelearían ahora que empecé a caminar del Norte: pero no, no pelearon.
E. Z.: Aquí empezaban a agarrarse fuerte, y... ya lo ve usted. Serratos (al Gral. Zapata): Que si no quería usted someterse tenía 120.000 hombres para darles a los del Sur lo que necesitaban, eso fue lo primero que dijo Carranza.
F. V.: Para que ellos llegaran a México fue para lo que peleamos todos nosotros. El único ejército que peleó fue el nuestro (refiriéndose al avance hacia el Sur). Nunca nos hacían nada, no obstante que tenían guarniciones hasta de mil hombres. Los que por allá pelearon muy duro fueron estos huertistas: llegó a haber batallas donde hubiera poco más de cinco mil muertos.
E.Z.: ¿En Zacatecas?
F.V.: En Torreón también, allí estuvo muy pesado; pelearon como 18,000 hombres. En toda la región lagunera pelearon como 27 días. Pablo González, que hacía más de un mes estaba comprometido conmigo para no dejar pasar federales, me dejó pasar once trenes ; pero todavía nos corrió la suerte de que pudimos con ellos y todavía les tomamos Saltillo y otros puntos, y si acaso se descuida ese González, lo tomamos hasta a él. (Risas).
E. Z.: Yo luego calculé: Donde van a esperarse y a hacerse fuertes en Querétaro.
González Garza: Ahí esperábamos nosotros la batalla...
F. V.: Yo esperaba que por ahí por el Bajío hubiera unos 600 ó 700 muertos; pero nada: puro correr.
Serratos: En la Huasteca han estado haciendo lo mismo, Igual. F. V.: En estos días entró por ahí Murguía a un pueblo de por aquí.
Serratos: Zitácuaro.
F. V.: Pues creo que sí. Sorprendió a la guarnición diciendo que era convencionista, y asesinó como a treinta oficiales y jefes y una parte de tropa. Pero yo le cargué fuerzas por distintas partes. (Pausa). Vamos a ver si quedan arreglados los destinos de aquí de México para ir luego donde nos necesitan.
Serratos: En las manos de ustedes dos están.
(Todos asienten a lo dicho por Serratos).F. V.: Yo no necesito puestos públicos porque no los se lidiar, Vamos a ver por dónde están estas gentes. No más vamos a encargarles que no den quehacer.
E. Z.: Por eso yo se los advierto a todos los amigos que mucho cuidado, si no, les cae el machete. (Risas).
Serratos: Claro.
E. Z.: Pues yo creo que no seremos engañados. Nosotros nos hemos estado limitando a estarlos arriando, cuidando, cuidando, por un lado, y por otro, a seguirlos pastoreando.
F. V.: Yo muy bien comprendo que la guerra la hacemos nosotros los hombres ignorantes, y la tienen que aprovechar los gabinetes; pero que ya no nos den quehacer.
E. Z.: Los hombres que han trabajado más son los menos que tienen que disfrutar de aquellas banquetas. No más puras banquetas. Y yo lo digo por mí: de que ando en una banqueta hasta me quiero caer.
F. V.: Ese rancho está muy grande para nosotros; esta mejor por allá afuera. Nada más que se arregle esto, para ir a la campaña del Norte. Allá tengo mucho que hacer. Por allá van a pelear muy duro todavía.
E.Z.: Porque se van a reconcentrar en sus comederos viejos.
F.V.: Aquí me van a dar la quemada; pero yo creo que les gano. Yo les aseguro que me encargo de la campaña del Norte, y yo creo que a cada plaza que lleguen también se las tomo, va a parar el asunto de que para los toros de Tepehuanes los caballos de allá mismo.
E. Z.: ¿Pero cómo piensan permanecer, por ejemplo, en las montañas y así, en los cerros, de qué manera? Las fuerzas que tienen no conocen los cerros.
Serratos ¿Qué principios van a defender?
F. V.: Pues yo creo que a Carranza todavía; pero de Patria no veo nada. Yo me estuve "ensuichado" cuando la Convención; empezaron: que se retire el general Villa y que se retire, y yo me dije: yo creo que es bueno retirarse pero es mejor hablar primero con mi general Zapata. Yo quisiera que se arreglara todo lo nuestro, y por allá, en un ranchito -lo digo por mi parte-, allá tengo unos jacalitos, que no son de la Revolución. Mis ilusiones son que se repartan los terrenos de los riquitos, Dios me perdone ¿no habrá por aquí alguno? (irónicamente).
Voces: Es pueblo, es pueblo.
F. V.: (prosigue): Pues para ese pueblo queremos las tierritas. Ya después que se las repartan, comenzará el partido que se las quite.
E. Z.: Le tienen mucho amor a la tierra. Todavía no lo creen cuando se les dice: "Esta tierra es tuya". Creen que es un sueño. Pero luego que hayan visto que otros están sacando productos de estas tierras dirán ellos también: "Vaya pedir mi tierra y vaya sembrar". Sobre todo ése es el amor que le tienen el pueblo a la tierra. Por lo regular toda la gente de eso se mantiene.
Serratos: Les parecía imposible ver realizado eso. No lo creen; dicen: "Tal vez mañana nos la quiten".
F. V.: Ya verán cómo el pueblo es el que manda, y que él va a ver quiénes son sus amigos.
E. Z.: El sabe si quieren que se las quiten las tierras. El sabe por sí sólo que tiene que defenderse. Pero primero lo matan que dejar la tierra.
F. V.: Nomás le toman sabor y después les damos el partido que se las quite. Nuestro pueblo nunca ha tenido justicia, ni siquiera libertad. Todos los terrenos principales los tienen los ricos, y él, el pobrecito encuerado, trabajando de sol a sol. Yo creo que en lo sucesivo va a ser otra vida, y si no, no dejamos esos máuseres que tenemos. Yo aquí juntito a la capital tengo 40.000 mauseritos y unos 77 cañones y unos...
E.Z.: Está bueno.
F.V.: ... 16.000.000 de cartuchos, aparte del equipo, porque luego que vi que este hombre (por Carranza) era un bandido, me ocupé de comprar parque, y dije: con la voluntad de Dios y la ayuda de ustedes los del Sur: porque yo nunca los abandoné: todo el tiempo estuve comunicándome.
E. Z.: Estos cabrones luego que ven tantito lugar, luego luego se quieren abrir paso, y se van al sol que nace. Al sol que nace se van mucho al carajo: por eso a todos esos cabrones los he "quebrado": y no los consiento. En tantito que cambian y se van; ya con Carranza o ya con el de más allá. Todos son una punta de sinvergüenzas. Ya los quisiera ver en otros tiempos.
F. V.: Yo soy un hombre que no me gusta adular a nadie; pero usted bien sabe tanto tiempo que estuve pensando en ustedes.
E. Z.: Así nosotros. Los que han ido allá al Norte, de los muchos que han ido; estos muchachos Magaña y otras personas, que se han acercado ante usted, le habrán comunicado de que allá tenía yo esperanzas. El es, decía yo, la única persona segura, y la guerra seguirá, porque lo que es aquí conmigo no arreglan nada y aquí seguiré hasta que no me muera yo y todos los que me acompañan.
F. V.: Pues si, a ver esos que saben de gabinete qué...
E. Z.: (hablando con Palafox): Hay que entreverarlos, de esos gruesos y de esos mansos también.

Se sirven unas copas de cognac. El general Villa suplica que le traigan agua. Entretanto dice:
F. V.: Pues, hombre, hasta que me vine a encontrar con los verdaderos hombres del pueblo.
E. Z.: (correspondiendo la alusión): Celebro que me haya encontrado con un hombre que de veras sabe luchar.
F. V.: ¿Sabe usted cuánto tiempo tengo yo de pelear? Hace 22 años que peleo yo con el gobierno.
E. Z.: Pues yo también, desde la edad de 18 años.

El Gral. Zapata habla con el Gral. González Garza y otros de la hora de llegada: -Yo les dije que entre doce y una, ¿verdad?
F. V.: (ofreciendo al Gral. Zapata su vaso de agua): ¿Usted gusta de agua, mi general?
E. Z.: (cortésmente). No, tómela.

Hay un momento en que hablan tan quedo que no se oye lo que dicen. Solamente se escucha el final de una frase del general Villa: ... por eso siempre me estuve yo acordando de ustedes desde que levanté la revolución, luego luego pensé en ustedes.

La música que toca en el corredor no deja oír la contestación del general Zapata, ni lo que sigue de la conversación. Vagamente se oye que el general Villa habla de cuando hizo correr a 23 generales. En esos momentos llega el general Eufemio Zapata y saluda a los circunstantes.

Los generales Zapata y Villa hablan de la forma .de los sombreros. El general Zapata dice que él no se halla con otro sombrero que el que trae. El general Villa dice: -Yo antes usaba de esos mismos (por el del general Zapata), nomás que de palma; pero desde hace tres años me acostumbré a estas gorritas.
F. V.: Desde 1910 tantió todo el cientificismo que yo estorbaba, y cuando el levantamiento de Orozco yo luego comprendí que era un levantamiento del cientificismo, yo lo sentí en el alma.
E.Z.: El tiempo es el que desengaña a los hombres.
F.V.: El tiempo, sí, señor.
E. Z.: Pero lástima que él (Orozco) no "haiga" ido. Así como maté a su padre, yo lo llamé también para hacer lo mismo, porque mis ganas eran con él.
F. V.: ¡A que hombre ése tan descarado!
E. Z.: Pero yo dije: éste por cobarde hace esto, ¡conque mandas a tu padre!, pues ahora tu padre me la paga, y te lo fusilo, para que no mañana digas que por miedo a ti no lo fusilé; pero yo cumplo con un deber en matar a los traidores, aunque vengas con tu ejército después.
F. V.: Hizo muy bien. Yo, cuando lo fusilaron, dije yo: pues ahora sí que sabroso. (?)

Vuelve a tocar la música y nada absolutamente puede oírse, hasta que se levantan para pasar a conferenciar a otra pieza ya cerca de las dos de la tarde. La conferencia entre el general Villa y el general Zapata y su secretario el general Palafox duró hasta después de las tres de la tarde.

Concluida la conferencia, se pasó al comedor donde, al final de un sencillo banquete al estilo mexicano, se pronunciaron algunos discursos, siendo los principales los siguientes:

El general Villa, después de haberle dado 'la bienvenida un orador cuyo nombre se escapa a la memoria, se puso de pie y dijo:

Compañeros: Van ustedes a oír la palabra de un hombre inculto; pero los sentimientos que abriga mi corazón me dictan que ustedes oigan estas palabras que sólo se van a relacionar con asuntos de la Patria. Es lo que abrigo en el corazón. Hace mucho tiempo que estamos en la esclavitud por la tiranía. Soy hijo del pueblo humilde, y a ese pueblo que representamos nosotros a ver si lo encarrilamos a la felicidad. Vivan ustedes seguros 'de que Francisco Villa no traicionará jamás a ese pueblo que han tenido en la esclavitud. Y soy el primero en decir que para mí no quiero ningún puesto público sino nomás la felicidad de mi Patria, para que todos los mexicanos conscientes no se avergüencen de nosotros.

Respecto a todos esos grandes terratenientes, estoy propuesto a secundar las "ideas del Plan de Ayala, para que se recojan esas tierras y quede el pueblo posesionado de ellas. El pueblo que por tanto tiempo ha estado dando su trabajo, sin más preocupaciones para 805 terratenientes que tenernos en la esclavitud. Yo, como hombre del pueblo, ofrezco de una manera sincera que jamás traicionaré, que nunca traicionaremos su voluntad para que el pueblo no sufra.

Cuando yo mire los destinos de mi país bien, seré el primero en retirarme, para que se vea que somos honrados, que hemos trabajad como hombres de veras del pueblo, que somos hombres de principios. "Vengo, señores, para darles a ustedes el abrazo que me piden".
Después tomó la palabra el señor Mauro Quintero en los siguientes términos:

Si los dos polos Norte y Sur, al darse un estrecho abrazo, explotaran y en miles de pedazos rodaran por el espacio iluminando con su blancura el espacio, jamás un estrecho abrazo de esos dos poderes podría ser tan hermoso, tan grande y tan sublime como los dos poderes, Norte y Sur, que acaban de' abrazarse para traer al pobre y al humilde lo que tan necesario le es: la justa libertad que le darán el general Villa que es el poder del Norte y el general Zapata que es el poder del Sur".

Enseguida habló don Paulino Martínez:

Señores: Esta fecha debe quedar burilada con letras de diamante en nuestra historia porque en mi humilde concepto éste es el primer día del primer año de la redención del pueblo mexicano. Es la aurora de su felicidad porque dos hombres puros, dos hombres sinceros, que no tienen doblez ninguna, que han nacido del pueblo, que sienten sus dolores y que sólo luchan por ver a ese pueblo humilde y feliz, en este día, como he dicho, comienza la redención del pueblo porque ellos sabrán cumplir con lo que han prometido en sus respectivos programas, en sus respectivos planes. El Plan de Ayala, como vosotros sabéis, no quiere más que tierras y libertad para el pueblo y el pacto de Torreón que obligaba al señor Carranza a ser un hombre puro, éste se negó a firmarlo, porque prometía libertad.

Debemos regocijamos todos porque nuestros sacrificios, porque todos los revolucionarios que desde hace cuatro años han abandonado a sus esposas, han abandonado a sus hijos, se sienten también regocijados porque saben que esos sacrificios no quedarán burlados.

Señores, digamos una vez más que viva el general Zapata y que viva el general Villa, los hombres abnegados que llevarán a la República al pináculo de la grandeza.

El señor Lic. Soto y Gama sucedió al señor Martínez en el uso de la palabra, empezando por decir que cuando las emociones son intensas, la palabra es pobre, es descolorida para reflejar los sentimientos del corazón; que por eso tal vez su compañero el general Roque González Garza que, como él, Soto y Gama, y muchos otros de los presentes, han sentido intensamente en esa gran fiesta la fiesta de la Revolución, no se han atrevido a hablar, porque en ocasiones como ésta no debe haber palabras sino gritos del alma, y que ahora el grito del alma es éste: El pueblo mexicano se ha salvado. Se han salvado los intereses sagrados de la Patria. Concluye exhortando a los generales Zapata y Villa para que no defrauden las esperanzas del pueblo y para que cumplan los compromisos que han contraído con éste, y al final estrecha la mano del general Zapata y la del general Villa.

Finalmente el general Roque González Garza hizo uso de la palabra, para decir:

"Ciudadanos, jefes del Sur y del Norte, ciudadanos oficiales del Ejército Nacional, ciudadanos del Sur: El que os habla jamás en su vida había sentido emoción tan grande (en efecto, el Gral. González Garza estaba visiblemente conmovido). El que os habla comprende la trascendencia enorme del acto que estamos presenciando; porque no debemos olvidar que nuestra historia nacional registra un hecho análogo; el abrazo de Acatempan, entre dos hombres que hasta aquel entonces habían sabido cumplir con sus obligaciones y con sus deberes para con la Patria. Pero desgraciadamente uno no supo cumplir: traicionó: El otro, remontándose en las montañas del Sur, fue lo suficientemente abnegado para ceder el puesto que le correspondía y entregar todo el poder al que no supo hacer buen uso de él, al que no comprendió nunca la idea de hacer grande y feliz a la Patria mexicana, y que ahora los reaccionarios a quienes estamos combatiendo pugnan por elevarlo a las altas regiones del ideal haciéndonoslo aparecer como el libertador de México; me refiero nada menos que al heroico Guerrero, sereno e impasible, y al traidor Iturbide.

Que este pacto de Xochimilco no llegue a tener jamás la parte repugnante de aquel otro que registra nuestra historia. Yo tengo la seguridad de que el general Villa sabrá estrechar siempre en sus brazos al hombre sufrido, al hombre que sin elementos y enfrentándose con miles de necesidades ha sabido mantener incólume el estandarte de la libertad y de las reivindicaciones públicas.

Generales Zapata y Villa: los destinos de la Patria están en vuestras manos. Escuchad los desinteresados consejos de los que colaboran con vosotros, y no dejéis para mañana la indicación precisa y oportuna en estos momentos, de que ninguno de vosotros debe aspirar a ningún puesto público. El general Zapata en el Sur está obligado a garantizar el triunfo de la revolución y vos, señor general Villa, estáis obligado a garantizar el triunfo de la revolución en el Norte.

Que la Convención, producto puro y genuino de los hombres levantados en armas en toda la República, resuelva los problemas económicos y sociales en la ciudad de México, y vosotros, con vuestro poder y vuestra fuerza, y con vuestra fibra, sostened al que resulte electo, porque de esa manera seréis grandes, seréis fuertes, y seréis respetados, no sólo por la República, sino también por el mundo entero, por el extranjero que nos escucha y que nos atisba.

Este es un día grandioso en la historia de México. El abrazo de Acatempan quedará mucho más atrás que el abrazo de Xochimilco. Entonces eran dos hombres de raza distinta, y ahora son dos hombres de la misma raza, creados en distinto medio y por eso sus complexiones y sus figuras son diferentes: el uno macilento y endeble, pero perseverante, fuerte y poderoso en el alma; el otro robusto y con facciones duras, pero amable y noble en el fondo, grandioso en los combates y magnánimo con los vencidos.

Vosotros, señores generales, tenéis un grave compromiso con la Patria, y ¡hay! de vosotros si no sabéis cumplir con todos los que os seguimos con entusiasmo y que estamos dispuestos a sacrificamos. El día que no cumpláis seremos los primeros en volveros las espaldas y reclamaros para la Patria el debido cumplimiento de los compromisos que habéis contraído.

Que no se repita en nuestra historia el triste espectáculo de un pacto que no se cumpla. Es tiempo de que sepamos darle al pueblo lo que necesita, es tiempo de que lo hagamos feliz porque tiene derecho a serlo.

Señores generales Zapata y Villa, que el Dios de las naciones os ilumine en el grandioso papel que desempeñáis y en la grandiosa empresa que el destino os ha encomendado".
México, diciembre 4 de 1914.

Ley agraria de Francisco Villa


Francisco Villa, general en jefe de Operaciones del Ejército Convencionalista, a los habitantes de la República hago saber:

Que en virtud de las facultades extraordinarias contenidas en el Decreto de 2 de febrero del presente año, expedido en la ciudad de Aguascalientes, y de las cuales estoy investido, y

Considerando que siendo la tierra en nuestro país la fuente, casi la única de la riqueza, la gran desigualdad en la distribución de la propiedad territorial ha producido la consecuencia de dejar a la gran mayoría de los mexicanos, a la clase jornalera, sujeta a la dependencia de la minoría de los terratenientes, dependencia que impide a aquella clase el libre ejercicio de sus derechos civiles y políticos.

Que la absorción de la propiedad raíz por un grupo reducido es un obstáculo constante para la elevación de los jornales en la justa relación con la de los artículos de primera necesidad, prolonga así la precaria situación económica de los jornaleros y los imposibilita para procurar su mejoramiento intelectual y moral;

Que la concentración de la tierra en manos de una escasa minoría es causa de que permanezcan incultas grandes extensiones de terreno y de que, en la mayoría de éstos, sea el cultivo tan deficiente que la producción agrícola nacional no basta a menudo para satisfacer el consumo; y semejante estorbo a la explotación de los recursos naturales del país redunde en perjuicio de la mayoría del pueblo;

Que la preponderancia que llega a adquirir la clase propietaria en virtud de las causales anotadas y bajo el amparo de gobiernos absolutistas favorece el desarrollo de abusos de todo género que obligan finalmente al pueblo a remediarlos por la fuerza de las armas, haciéndose así imposible la evolución pacífica del país.

Que por estas consideraciones ha venido a ser una apremiante necesidad nacional el reducir las grandes propiedades territoriales a límites justos, distribuyendo equitativamente las excedencias.

Que la satisfacción de esta necesidad ha sido una solemne promesa de la Revolución; y por tanto, debe cumplirlas sin demora el Gobierno Provisional emanado de ella, conciliando en lo posible los derechos de todos;

Que una reforma social como la que importa la solución del problema agrario, que no sólo afecta a todo el país, sino que trascenderá a las generaciones venideras, debe realizarse bajo un plan sólido y uniforme en sus bases generales, rigiéndose por una misma ley;

Que la Ley Federal no debe sin embargo contener más que los principios generales en los que se funda la reforma agraria dejando que los Estados, en uso de su soberanía, acomoden esas bases a sus necesidades locales; porque la variedad de los suelos y de las condiciones agronómicas de cada región requieren diversas aplicaciones particulares de aquellas bases; porque las obras de reparto de tierras y de las demás que demanda el desarrollo de la agricultura serían de difícil y dilatada ejecución si dependieran de un centro para toda la extensión del territorio nacional; y porque las cargas consiguientes a la realización del reparto de tierras deben, en justicia, reportarlas los directamente beneficiados y quedan mejor repartidos haciéndolas recaer sobre cada región beneficiada;

Que no obstante la consideración contenida en el párrafo anterior para exonerar a la Federación del supremo deber de cuidar que en todo el territorio nacional se realice cumplidamente la reforma agraria y de legislar en aquellas materias propias de su incumbencia, según los antecedentes jurídicos del país que complementan la reforma.

En tal virtud he tenido a bien expedir la siguiente:

LEY GENERAL AGRARIA:

Artículo 1º. Se considera incompatible con la paz y la prosperidad de la República la existencia de las grandes propiedades territoriales. En consecuencia, los gobiernos de los Estados, durante los tres primeros meses de expedida esta Ley, procederán a fijar la superficie máxima de tierra que, dentro de sus respectivos territorios, pueda ser poseída por un solo dueño; y nadie podrá en lo sucesivo seguir poseyendo ni adquirir tierras en extensión mayor de la fijada, con la única excepción que consigna el artículo 18.

Artículo 2º. Para hacer la fijación a que se refiere el artículo anterior, el Gobierno de cada Estado tomará en consideración la superficie de éste, la cantidad de agua para el riego, la densidad de su población, la calidad de sus tierras, las extensiones actualmente cultivadas y todos los demás elementos que sirvan para determinar el límite más allá del cual la gran propiedad llega a constituir una amenaza para la estabilidad de las instituciones y para el equilibrio social.

Artículo 3º. Se declara de utilidad pública el fraccionamiento de las grandes propiedades territoriales en la porción excedente del límite que se fije conforme a los artículos anteriores. Los gobiernos de los Estados expropiarán, mediante indemnización, dicho excedente, en todo o en parte, según las necesidades locales. Si sólo hicieren la expropiación parcial, el resto de la porción excedente deberá ser fraccionada par el mismo dueño con arreglo a lo prescrito en el inciso IV artículo 12 de esta ley. Si este fraccionamiento no quedare concluido en el plazo de tres años, las tierras no fraccionadas continuarán sujetas a la expropiación decretada por la presente Ley.

Artículo 4º. Se expropiarán también los terrenos circundantes de los pueblos de indígenas en la extensión necesaria para repartidos en pequeños lotes entre los habitantes de los mismos pueblos que estén en aptitud de adquirir aquéllos, según las disposiciones de las leyes locales.

Artículo 5º. Se declara igualmente de utilidad pública la expropiación de los terrenos necesarios para fundación de poblados en los lugares en que se hubiere congregado o llegare a congregarse permanentemente un número tal de familias de labradores, que sea conveniente, a juicio del gobierno local, la erección del pueblo; y para la ejecución de obras que interesan al desarrollo de la agricultura parcelaria y de las vías rurales de comunicación.

Artículo 6º. Serán expropiadas las aguas de manantiales, presas y de cualquiera otra procedencia, en la cantidad que no pudiere aprovechar el dueño de la finca a que pertenezcan, siempre que esas aguas pudieran ser aprovechadas en otra. Si el dueño de ellas no las utilizare, pudiendo hacerla, se le señalará un término para que las aproveche, bajo la pena de que si no lo hiciere, quedarán dichas aguas sujetas a la expropiación.

Artículo 7º. La expropiación parcial de tierras comprenderá, proporcionalmente, los derechos reales anexos a los inmuebles expropiados, y también la parte proporcional de muebles, aperos, máquinas y demás accesorios que se necesiten para el cultivo de la porción expropiada.

Artículo 8º. Los gobiernos de los Estados expedirán las leyes reglamentarias de la expropiación que autoriza la presente y quedará a su cargo el pago de las indemnizaciones correspondientes. El valor de los bienes expropiados, salvo en caso de convenio con el propietario, será fijado por peritos nombrados uno por cada parte y un tercero para caso de discordia. Este será designado por los primeros peritos y si no se pusieran de acuerdo, por el juez local de Primera Instancia. En todo caso en que sea necesario ocurrir al tercer perito, se fijará el valor, definitivo de los bienes expropiados tomando la tercera parte de la suma de los valores asignados respetivamente, por los tres valuadores.

Artículo 9º. Si la finca en que se verifique la expropiación reportare hipotecas u otros gravámenes, la porción expropiada quedará libre de ellos mediante el pago que se hará al acreedor o acreedores de la parte del crédito que afectare a dicha porción, proporcionalmente, y en la forma en que se haga el pago al dueño. Si hubiere desacuerdo acerca de la proporcionalidad de la cancelación, será fijada por peritos. La oposición del deudor al pago se ventilará en juicio con el acreedor sin suspender la cancelación, depositándose el importe del crédito impugnado.

Artículo 10º. Se autoriza a los Gobiernos de los Estados para crear deudas locales en la cantidad estrictamente indispensable para verificar las expropiaciones y sufragar los gastos de los fraccionamientos a que se refiere esta Ley; previa aprobación de los proyectos respectivos por la Secretaria de Hacienda.

Artlculo 11º. Los gobiernos de los Estados no podrán decretar la ocupación de las propiedades objeto de esta Ley, ni roma- posesión de los terrenos expropiados, sin que antes se hubiere pagado la indemnización correspondiente en la forma que disponga la Ley local; pero podrán decretar las providencias convenientes para asegurar los muebles necesarios de que habla el artículo 70. Los dueños de las fincas que puedan considerarse comprendidos en esta Ley, tendrán obligación de permitir la práctica de los reconocimientos periciales necesarios para los efectos de la misma Ley. .,

Artículo 12º. Las tierras expropiadas en virtud de esta Ley se fraccionarán inmediatamente en lotes que serán enajenados a los precios de costo además de gastos de apeo, deslinde y fraccionamiento, más un aumento de diez por ciento que se reservará a la Federación para formar un fondo destinado a la creación del crédito agrícola; del país.

Compete a los Estados dictar las leyes que deban regir los fraccionamientos y las adquisiciones de los lotes para acomodar unos y otras a las conveniencias locales; pero al hacerlo, no podrán apartarse de las bases siguientes:

I. Las enajenaciones se harán siempre a título oneroso, con los plazos y condiciones de pago más favorables para los adquirientes en relación con las obligaciones que pesen sobre el Estado a consecuencia de la deuda de que habla el artículo 10.
II. No se enajenará a ninguna persona una porción de tierra mayor de la que garantice cultivar.
III. Las enajenaciones quedarán sin efecto si el adquiriente dejare de cultivar sin causa justa durante dos años la totalidad de la tierra cultivable que se le hubiere adjudicado; y serán reducidas si dejare de cultivar toda la tierra laborable comprendida en la adjudicación.
IV. La extensión de los lotes en que se divida un terreno expropiado no excederá en ningún caso de la mitad del límite que se asigne a la gran propiedad en cumplimiento del artículo 1o de esta Ley.
V. Los terrenos que se expropien conforme a lo dispuesto en el artículo 4 se fraccionarán precisamente en parcelas cuya extensión no exceda de veinticinco hectáreas y se adjudicarán solamente a los vecinos de los pueblos.
VI. En los terrenos que se fraccionen en parcelas se dejaran para el goce en común de los parcelarios los bosques, agostaderos y abrevaderos necesarios.

Articulo 13º. Los terrenos contiguos a los pueblos que hubieron sido cercenados de éstos a título de demasías, excedencias o bajo cualquiera otra denominación y que habiendo sido deslindados no hubieren salido del dominio del Gobierno Federal, serán fraccionados desde luego en la forma que indica el inciso V del artículo anterior.

Articulo 14º. Los gobiernos de los Estados modificarán las leyes locales sobre aparcería en el sentido de asegurar los derechos de los aparceros en el caso de que los propietarios abandonen el cultivo de las labores o de que aquéllos transfieran sus derechos a un tercero. Los aparceros tendrán en todo caso el derecho de ser preferidos en la adjudicación de los terrenos que se fraccionen conforme a esta Ley o por los propietarios respecto de las parcelas que hubieren cultivado por más de un año.

Articulo 15º. Se declaran de jurisdicción de los Estados las aguas fluviales de carácter no permanente que no formen parte de los límites con un país vecino o entre los Estados mismos.

Artículo 16º. Los gobiernos de los Estados, al expedir las leyes reglamentarias de la presente, decretarán un reavalúo fiscal extraordinario de todas las fincas rústicas de sus respectivos territorios y se tomará como base de los nuevos avalúos el valor comercial de las tierras, según su calidad, sin gravar las mejoras debidas al esfuerzo del labrador. Sólo quedarán exentos del impuesto los predios cuyo valor resulte inferior a quinientos pesos oro mexicano.

Artículo 17º. Los gobiernos de los Estados expedirán leyes para constituir y proteger el patrimonio familiar sobre las bases de que éste sea inalienable, que no podrá gravarse ni estará sujeto a embargos. La transmisión de dicho patrimonio para herencia, se comprobará con la simple inscripción en el Registro Público de la Propiedad, del certificado de defunción del jefe de la familia y de su testamento o en caso de intestado, de los certificados que acrediten el parentesco. Se considerará parte integrante del patrimonio familiar todo lote de veinticinco hectáreas o menos adquirido en virtud de los fraccionamientos que ordena esta Ley.

Artículo 18º. El Gobierno Federal podrá autorizar la posesión actual o adquisición posterior de tierras en cantidad mayor que la adoptada como límite, según el artículo 10, en favor de empresas agrícolas que tengan por objeto el desarrollo de una región, siempre que tales empresas tengan carácter de mexicanas y que las tierras y aguas se destinen al fraccionamiento ulterior en un plazo que no exceda de seis años. Para conceder tales autorizaciones se oirá al Gobierno del Estado al que pertenezcan las tierras de que se trate y a los particulares que manifiesten tener interés contrario a la autorización.

Artículo 19º. La Federación expedirá las leyes sobre crédito agrícola, colonización y vías generales de comunicación y todas las demás complementarias del problema nacional agrario. Decretará también la exención del Decreto del Timbre a los títulos que acrediten la propiedad de las parcelas a que se refiere esta Ley.

Artículo 20º. Serán nulas todas las operaciones de enajenación y de fraccionamiento que verifiquen los Estados contraviniendo las bases generales establecidas por esta Ley. Cuando la infracción perjudicare a un particular, dicha nulidad será decretada por los tribunales federales en la vía procedente conforme a la Ley de Administración de Justicia del Orden Federal.

Dado en la Ciudad de León, a los veinticuatro días del mes de mayo de 1915. Francisco Villa.

Al C. Lic. Francisco Escudero, Encargado del Departamento de Hacienda y Fomento. Chihuahua.

Telegrama Zimmermann

El 15 de enero, seis días después de la decisión [alemana] de iniciar la guerra submarina ilimitada, la oferta de alianza a México, conocida desde entonces como "la nota Zimmermann", se hallaba lista para ser despachada en el Ministerio de Relaciones Exteriores. El texto definitivo decía:

“Tenemos intenciones de comenzar la guerra submarina ilimitada el 1º de febrero. Con todo, se intentará mantener neutrales a los Estados Uni­dos.

En caso de que no lo lográramos, proponemos a México una alianza bajo la siguiente base: dirección conjunta de la guerra, tratado de paz en común, abundante apoyo financiero y conformidad de nuestra par­te en que México reconquiste sus antiguos territorios en Texas, Nuevo México y Arizona. Dejamos a Su Excelencia el arreglo de los detalles.

Su Excelencia comunicará lo anterior en forma absolutamente secreta al Presidente tan pronto como estalle la guerra con los Estados Unidos, añadiendo la sugerencia de que invite al Japón a que entre de inmediato en la alianza, y al mismo tiempo sirva de intermediario entre nosotros y el Japón.

Tenga la bondad de informar al Presidente que el empleo ilimitado de nuestros submarinos ofrece ahora la posibilidad de obligar a Ingla­terra a negociar la paz en pocos meses.”

Acúsese recibo. Zimmermann.

Convenio De la Huerta Lamont

Informe rendido por el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público, al C. Presidente de la República.

Cumpliendo con las instrucciones que recibí de usted, a fines de mayo del corriente año me transladé a la ciudad de Nueva York con el propósito de asistir a las conferencias que previamente, y según correspondencia cruzada por espacio de tres meses, habían sido concertadas con el Comité Internacional de Banqueros, representante de los acreedores de nuestro país.

Verificáronse esas conferencias entre los días dos y diez y seis de junio y después de acaloradas, intensas e interesantes discusiones, de las que usted tuvo noticia en detalle, por los telegramas que oportunamente le remití, dándole cuenta de las diferentes fases de las conferencias, logróse fijar las estipulaciones de un convenio ajustado a aquellas instrucciones y sujeto a la ratificación de usted.

A continuación encontrará usted un resumen de las principales cláusulas del referido arreglo, y por ellas podrá usted apreciar las bases conforme a las cuales debe reanudarse el servicio de nuestra deuda pública.

Creo necesario aclarar que las primeras proposiciones de los banqueros se diferenciaban en puntos esenciales de las estipulaciones finalmente establecidas y que fue necesaria una labor constante orientada a defender los derechos de México y a convencer a sus acreedores de la necesidad de llegar a un arreglo compatible con lo limitado de sus posibilidades financieras.

Concretando más las reflexiones contenidas en el párrafo anterior, debo poner en el conocimiento de usted, que los acreedores de nuestro país se encontraban animados del firmísimo propósito de rescatar hasta el último centavo adeudado, y para alcanzar ese fin, resueltos a hacer efectivas las sanciones y garantías que los contratos de emisión autorizan. Y así es cómo, después de exigir el reconocimiento de la suerte principal de todos nuestros adeudos, sin exclusión de ninguno, de sus intereses caídos, y de los réditos correspondientes a todas las cantidades anteriores, pretendían el pago inmediato de la suma de cuarenta millones de pesos, a cuenta del total de ese adeudo y la entrega de iguales abonos anuales aumentados progresivamente en cinco millones de pesos, hasta alcanzar al importe de todos los servicios corrientes.

A pesar de la considerable suma anterior que se nos exigía, negábanse a que todas las deudas interiores fueran comprendidas en las amortizaciones hechas con los fondos arriba señalados, por lo cual se hicieron necesarias nuevas discusiones para conseguir que, de menor cantidad que la exigida, se tomara la participación necesaria para atender no solamente a nuestra deuda exterior, sino a la interior y hasta a la de los ferrocarriles, cuyas hipotecas ya vencidas daban derecho a los fideicomisarios para incautarse de todos los bienes de la Empresa.

Con la garantía gubernamental se evitó que los acreedores de los ferrocarriles entraran en posesión de nuestras líneas, de acuerdo con los derechos que les concedían las hipotecas, salvándose, de esta manera, todos los peligros que entrañaba semejante acto en el terreno político, en el interior y en el internacional y resguardándose a la vez los cuantiosos intereses que la Nación tiene en la misma Empresa, pues dicho acto dejaba a aquella menos derechos que los que las leyes comunes conceden a los accionistas de una sociedad en quiebra, respecto de los bienes de ésta, ya que, conforme a los contratos y leyes al amparo de los cuales se constituyeron dichas hipotecas, los acreedores son propietarios de las instalaciones de los Ferrocarriles Nacionales y pueden venderlas o entregarlas a quien les parezca, fuera de toda formalidad o procedimiento judicial, en cuanto la compañía suspenda por treinta días el servicio de amortizaciones e intereses.
Además de esas ventajas, las cláusulas del adeudo relativas a los Ferrocarriles Nacionales contienen la importantísima de eximir a la nación de todas las responsabilidades pecuniarias que la Empresa tiene derecho a exigirle, conforme a las leyes vigentes, por la incautación de sus líneas e instalaciones y por los daños que éstas sufrieron durante la revolución, pues en los términos de dichas cláusulas, el Gobierno sólo está obligado a devolverlas en el estado en que se encontraban al ser intervenidas por él.

Todas estas conclusiones finales se encontrarán contenidas en el siguiente convenio que a la letra dice:

Habiéndose puesto en claro durante las discusiones del Secretario de Hacienda y Crédito Público de México con el Comité Internacional de Banqueros para asuntos de ese país:

a) Que las obligaciones exteriores del Gobierno de México poseídas por tenedores extranjeros, así como la deuda de los Ferrocarriles Nacionales y ciertos empréstitos interiores especificados en la lista adjunta, ascienden aproximadamente a la suma de mil millones de pesos.
b) Que los intereses de esa suma acumulados por falta de pago desde 1913 ascienden aproximadamente a la suma de cuatrocientos millones de pesos;
c) Que si bien, debido a revoluciones sucesivas desde 1913, México no ha recobrado aún toda su estabilidad económica, el actual Gobierno de México declara su propósito de hacer frente con fidelidad y presteza a sus obligaciones financieras hasta donde se lo permitan sus posibilidades;
d) Que el Comité Internacional, reconociendo las dificultades con que México ha tenido que luchar, y las limitaciones impuestas a su capacidad para el pago inmediato de todas sus obligaciones vencidas, y deseando sinceramente encontrar la manera de proteger los intereses de los tenedores de bonos y a la vez prestar su concurso al Gobierno Mexicano para la solución de sus problemas y el restablecimiento de su crédito, está dispuesto a recomendar a los tenedores de títulos del Gobierno Mexicano que hagan ciertas reducciones y ajustes de cuantía en sus derechos;
e) Que asimismo reconoce el Comité que el Gobierno Mexicano tiene otras obligaciones cuyo cumplimiento es importante, tales como la restitución de las reservas metálicas a los Bancos, la Deuda Agraria y los Bonos de los Empleados, las cuales deben satisfacerse por medio de la emisión de bonos interiores o de algún otro modo que más tarde se resuelva;
f) Que por lo que hace a las cantidades mínimas que el Gobierno Mexicano debe destinar al servicio de su deuda durante el año de 1923 y los cuatro siguientes, el Comité, después de examinar la situación, juzga que, dada una administración juiciosa y económica de los asuntos de México por su Gobierno, la provisión de aquellas cantidades y la ejecución de este convenio están dentro de las posibilidades del país, si se toman en cuenta la mejoría que debe resultar del arreglo de su deuda y la intención manifiesta del Gobierno de mantener una administración sana, y el hecho de que el plan mismo, si se adopta, puede producir fácilmente una mejoría considerable en la situación económica de México;
g) Que siendo idénticos el interés del pueblo y del Gobierno de México, por una parte, y el de sus acreedores extranjeros, por la otra, en cuanto a que debe asegurarse la prosperidad creciente de México para beneficio de ambos, los individuos que ahora componen el Comité Internacional de Banqueros manifiestan su interés constante y su deseo de cooperar en forma útil; Por todo lo cual, a fin de lograr el ajuste de las obligaciones exteriores del Gobierno Mexicano, del sistema de los Ferrocarriles Nacionales y de ciertos empréstitos interiores especificados en la lista adjunta, se ha concertado el siguiente plan entre el Ministro de Hacienda de México y el Comité Internacional, el cual hará todo lo que de él dependa para lograr que sea aceptado por los tenedores de las obligaciones comprendidas en la lista anexa.


1.- Intereses Atrasados
Los tenedores de bonos renunciarán al pago en efectivo de todos los intereses vencidos y pagaderos hasta el día 2 de enero de 1923 inclusive, tanto de las obligaciones del Gobierno como de las de los Ferrocarriles.

Los tenedores de bonos renunciarán al pago de todo interés sobre todo los intereses atrasados vencidos y pagaderos hasta el día 2 de enero de 1923, inclusive, tanto de las obligaciones del Gobierno como de las de los Ferrocarriles.

Los cupones de interés adheridos a los bonos serán desprendidos (si así lo permiten las distintas hipotecas y escrituras) y depositados en poder de algún fideicomisario a satisfacción del Comité Internacional, el cual extenderá a los tenedores recibos o certificados por el valor nominal de los cupones desprendidos. El Gobierno destinará anualmente, a partir del día 1° de enero de 1928, sumas anuales virtualmente iguales que basten para retirar a la par, en anualidades proporcionales, dichos recibos o certificados, dentro de un período de cuarenta años que terminará el 1° de enero de 1968. Las anualidades que debe cubrir el Gobierno Mexicano serán entregadas por éste, por conducto de la Agencia Financiera del Gobierno de México en Nueva York, a la Institución que señale el Comité, el cual determinará la manera de amortizar los recibos o certificados. Si por cualquier razón los cupones no pueden desprenderse de los bonos, se adoptará algún otro plan, a satisfacción del Comité para realizar el arreglo anterior. Si hay algunos bonos a los cuales nunca hayan estado adheridos cupones que representen cualquier interés atrasado, el Gobierno de México suministrará dichos cupones para los fines de estos bonos, a fin de que los tenedores puedan depositarios.

2.- Fondos de Amortización

Todos los fondos de amortización serán pospuestos por un período que no exceda de cinco años, a contar del 1° de enero de 1923.

3.- Obligaciones vencidas del Gobierno

Todos los pagarés del Gobierno que estén vencidos o próximos a vencerse, serán prorrogados por un plazo razonable.

4.- Intereses corrientes

El pago de los intereses corrientes se reanudará como sigue:
a) El Gobierno destinará y reservará un fondo que durante el primer año ascenderá a treinta millones de pesos oro nacional del cuño corriente actual y que será aumentado anualmente durante un período de cuatro años en no menos de cinco millones de pesos, en tal forma que el pago para el quinto año sea por lo menos de cincuenta millones de pesos.
b) Si, durante el período de cinco años, los fondos destinados no llegan en cualquiera de esos cinco años a la suma mínima garantizada, el Gobierno Mexicano destinará, de sus otros ingresos, una suma suficiente para elevar aquella cantidad hasta el mínimum garantizado y en las fechas y montos que requiera el pago de los intereses corrientes, según la tabla que el Comité someterá al Ministro.
c) El producto de los derechos de exportación del petróleo (que establece el decreto de 7 de junio de 1921) así como cualquier aumento que haya en los mismos, y del impuesto del diez por ciento sobre las entradas brutas de los Ferrocarriles, si las hay, serán entregados a medida que se recauden en forma que se convendrá con el Comité Internacional, el cual hará arreglos para distribuir las sumas así recibidas entre los tenedores de las obligaciones contenidas en la lista anexa, a las que podrán agregarse aquellas otras emisiones que el Ministro y Comité resuelvan, de acuerdo, que deban incluirse en la Deuda Exterior del Gobierno y la Deuda de los Ferrocarriles. Una parte de dicho fondo podrá usarse a discreción del Comité para comprar o retirar títulos (scrip) por intereses corrientes. El Comité podrá retener y distribuir la totalidad de las cantidades que reciba por concepto de los impuestos enumerados en este inciso C, aun cuando excedan del mínimum anual garantizado.
d) Cualquiera diferencia entre las sumas pagadas en efectivo a cuenta de los intereses corrientes (de acuerdo con los arreglos para la distribución de intereses corrientes, según tabla que será sometida por el Comité) y la suma total que deba pagar por ese motivo durante un período de cinco años, a contar del 2 de enero de 1923, será cubierta por medio de títulos (scrip). Dichos títulos (scrip) hasta el monto total de la diferencia de intereses serán emitidos por el Gobierno de México y entregados por conducto del Comité para su distribución entre los tenedores de las obligaciones en la forma que el Comité determine. Estos títulos (scrip) vencerán y serán pagaderos a los veinte años, y no causarán ningún interés durante los primeros cinco años, pero sí lo causarán a razón de tres por ciento, pagaderos semestralmente, durante los quince años restantes. El Gobierno tendrá la opción de comprar esos títulos (scrip) en el mercado para su cancelación, en forma que se convenga con el Comité, o retirar, mediante aviso, bien sea la totalidad o una parte de ellos a razón de 105 más intereses devengados e insolutos hasta la fecha del aviso, en cualquier época anterior al vencimiento. Cualquier sobrante del fondo para intereses corrientes que quede durante los primeros cinco años, después de pagar dichos intereses corrientes, se aplicará a la compra y cancelación de dicho título (scrip) según se especifica antes.
e) EL pago en efectivo de los intereses corrientes de acuerdo con la tabla que el Comité someterá al Ministro, comenzará con los intereses que se venzan y sean pagaderos después del 2 de enero de 1923. La reanudación total en efectivo del servicio de la Deuda, incluyendo los pagos íntegros de los fondos de amortización, comenzará con los pagos vencidos y pagaderos a partir del día 1° de enero de 1928.
f) Los productos del impuesto de exportación del petróleo que hayan sido pagados o acumulados de acuerdo con el convenio de 3 de septiembre de 1921, desde el 31 de enero de 1922 entrarán inmediatamente a formar parte del fondo, así como, en lo futuro, todos los productos provenientes del propio impuesto. El producto del impuesto del diez por ciento sobre los ingresos brutos de los Ferrocarriles se entregará corrientemente, tan pronto como se cree dicho impuesto. Los pagos se harán en la forma que se convenga con el Comité Internacional.
g) Durante el período anterior a la reanudación completa del servicio de la Deuda, el Gobierno mantendrá en vigor los derechos de exportación sobre el petróleo, y no reducirá el tipo de dichos derechos pagaderos en efectivo, según se ha aplicado a partir del 3 de septiembre de 1921.
h) Al terminar el período de cinco años, al final del cual el Gobierno Mexicano reanudará el servicio íntegro de la deuda, las estipulaciones especiales, que rigen durante este período, según el párrafo 4, se considerarán terminadas, salvo la obligación del Gobierno Mexicano relativa a los títulos (scrip) de intereses corrientes y salvo también que en caso de haber aún en circulación títulos (scrip) de intereses corrientes, el impuesto del diez por ciento (10%) sobre las entradas brutas de los Ferrocarriles continuará en vigor y se aplicará por conducto del Comité a la reducción de los títulos (scrip) de intereses corrientes, en la forma que se convenga con el Comité.

5.- Sistema de los Ferrocarriles Nacionales

Los tenedores de bonos y pagarés en circulación de los Ferrocarriles, presentarán sus títulos actuales para que sean sellados con el compromiso del Gobierno de México, según el cual se hace cargo del pago del principal, intereses y fondo de amortización de esos títulos. Por todo pago hecho por el Gobierno Mexicano, por cuenta de los Ferrocarriles por dichos principal, intereses y fondo de amortización, el Gobierno se convertirá en acreedor de los Ferrocarriles, del mismo modo que lo establece el Decreto del Ejecutivo y Plan de Reorganización y Unión de la Compañía Limitada del Ferrocarril Central y del Ferrocarril Nacional de México, respecto de pagos hechos por cuenta de su garantía de los bonos de 4% de la Hipoteca General de los Ferrocarriles Nacionales de México.

Los gravámenes que establecen las actuales hipotecas y escrituras sobre las propiedades de los Ferrocarriles a favor de los títulos en circulación, serán depositados en un fideicomisario o fideicomisarios, a satisfacción del Comité Internacional, y no se harán efectivos, a menos que el Gobierno no cumpla con las obligaciones de este convenio, pues entonces podrán ser ejercitados en favor de los tenedores de los títulos de los Ferrocarriles.

El Gobierno devolverá, en un plazo razonable, los Ferrocarriles a la Empresa privada. Los detalles de la devolución se fijarán más tarde.

El diez por ciento anual (10%) de los ingresos brutos de los Ferrocarriles será destinado y entregado corrientemente, según aquí se estipula, al servicio de la deuda pública del Gobierno, incluyendo la deuda de los Ferrocarriles, tomándose las medidas necesarias en las tarifas ya sea por sobrecargo o de cualquier otro modo.

Mientras no se reanude el pago total en efectivo de los intereses corrientes sobre los bonos, las utilidades líquidas de los Ferrocarriles se sumarán al fondo destinado al servicio de la Deuda del Gobierno, y después serán aplicadas al servicio de los títulos de los Ferrocarriles.
El Gobierno reconocerá la obligación de devolver los Ferrocarriles, incluyendo el material rodante, en el mismo estado en que se encontraban cuando se hizo cargo de ellos, no ahorrando esfuerzo alguno para que así se proceda tan pronto como sea posible.
Los pagarés de los Ferrocarriles que estén vencidos o próximos a vencerse serán prorrogados por un plazo razonable.

6.- Reconocimiento de Obligaciones

El Gobierno Mexicano reconoce todas las obligaciones cuya responsabilidad ha asumido directamente o por vía de garantía y todas las estipulaciones de los contratos y las prendas en virtud de las cuales emitieron los diversos bonos; y dichas estipulaciones, que quedarán en todo su vigor al terminar el período de cinco años, estarán sujetas antes de ese plazo, a las modificaciones que aquí se establecen.

7.- Recobro de Derechos

Los tenedores de bonos reasumirán todos sus derechos contractuales si por cualquier motivo este convenio no se lleva a cabo en todas sus partes durante el período de cinco años citado.

8.- Comisión

Cualquiera controversia que surja con motivo de la ejecución de este convenio será resuelta por una comisión especial nombrada de común acuerdo.

9.- Ratificación

Queda sujeto este convenio a la ratificación del Presidente de la República. Mexicana.

ADOLFO DE LA HUERTA, (Firmado) Secretario de Hacienda de México.
International Committee of Bankers on Mexico. By, Thomas W. Lamont (firmado).
Ira H. Patchin, Ass't. Sec'y. (firmado).

Junio 16 de 1922.
Tabla de Obligaciones
$48.635,000 del Gobierno Mexicano, del 5, 1899.
$50.949,000 del Gobierno Mexicano, del 4, 1910.
$ 29 100,000 (L6, 000, 000 del Gobierno Mexicano, del 6, 1913).
$128.100,000 Total de la Deuda Asegurada.
6.769,000 Emprestito municipal al 5%.
37.037,000 del Gobierno Mexicano, del 4, 1904.
$25.000,000 de la Caja de Préstamos, del 4 1/2.
$68.806,000 Total de la deuda no asegurada.
$21.151,000 del Gobierno Mexicano del 3, 1886.
$46.455,000 del Gobierno Mexicano del 5, 1894-
67.606,000 Total de la Deuda Interior.
$50.784,000 de los Ferrocarriles Nacionales. Garantizados del 4.
$7.000,000 de Veracruz y Pacífico, del 4 1/2.
$84.804,000 de los Ferrocarriles Nacionales antes de la hipoteca, del 4 1/2.
$23.000,000 de los Ferrocarriles Nacionales antes de la hipoteca, del 4 1/2.
24.740,000 de los Ferrocarriles Nacionales, del 4, 1951.
$5.850,000 del Internacional Mexicano antes de la hipoteca del 4 1/2.
$4.206,000 del Internacional Mexicano antes de la hipoteca del 4, 1977.
$2.005,000 del Panamericano, del 5, 1934.
$1.484,000 del Panamericano del 5, 1938.
$1.112,000 del Equipo (material) de los Ferrocarriles Nacionales del 5.
$33.662,000 Pagares de los Ferrocarriles Nacionales.
$2.000,000 Segunda hipoteca de Tehuantepec, del 4 1/2.
$1.750,000 Diversos
$242.361,000 Total de la deuda de los Ferrocarriles.
$507.457,000 Total de la deuda.

NOTA.- Las cantidades mostradas en la presente tabla, están de acuerdo con la última información disponible, y se dan en dollars oro.

A lo anterior podrán agregarse todas aquellas emisiones que acuerden el Ministro y el Comité Internacional, según se prevé en el Convenio.

En la tabla anterior no se ha hecho estipulación para:
1) aquellos bonos de las emisiones de Huerta (que se siguen a los llamados de la emisión "A", que los poseen los bancos como colaterales ni;
2) los llamados de la emisión DeKay que el Gobierno no reconoce.

THOMAS W. LAMONT (Firmado)
ADOLFO DE LA HUERTA (Firmado)